Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2016 (26/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Sábado 26 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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participantes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1457977-2

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Comisión Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial, Academia de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Juez Decano de la Corte Suprema de Justicia de la República e Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 1457977-3

Aprueban el Plan Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial para el período 2016
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 231-2016-CE-PJ Lima, 14 de setiembre de 2016 VISTO: El Oficio N° 3235-2016-CIJ/PJ, cursado por el Director del Centro de Investigaciones Judiciales. CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 004-2012-CEPJ, dispuso la creación de la Comisión Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial. El Centro de Investigaciones Judiciales, bajo la conducción del Presidente de la referida comisión, es el encargado de sistematizar los programas y actividades de capacitación de los órganos responsables de la capacitación de alcance nacional. Segundo. Que, en ese contexto, el Director del Centro de Investigaciones Judiciales, por encargo del Presidente de la Comisión Nacional de Capacitación de Jueces, y en su calidad de Secretario Técnico, remite a éste Órgano de Gobierno propuesta del Plan Nacional de Capacitación de Jueces para el período 2016, el cual se constituye en el instrumento de planificación de las acciones de capacitación, elaborado sobre la base de las prioridades y necesidades de los jueces de todo el territorio nacional. Tercero. Que el mencionado Plan Nacional de Capacitación del Poder Judicial contempla los programas de capacitación a ejecutarse durante el presente año; así como los lineamientos y pautas para el desarrollo de los mismos, desde los órganos responsables de la capacitación establecidas mediante Resolución Administrativa N° 004-2012-CE-PJ, del 10 de enero de 2012. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta los contenidos incorporados en la propuesta, deviene en pertinente su aprobación. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, disponer acciones que puedan mejorar los servicios de administración de justicia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 738-2016 de la trigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin la intervención del señor Ticona Postigo por tener que asistir a otra reunión programada con anterioridad en la presidencia del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial para el período 2016, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su debido cumplimiento.

Aprueban el "Reglamento para Identificación de Buenas Prácticas sobre la Nueva Ley Procesal de Trabajo"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 255-2016-CE-PJ Lima, 5 de octubre de 2016 VISTO: El Oficio N° 1309-2016-P-ETIINLPT-CE-PJ, remitido por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo somete a consideración de este Órgano de Gobierno, para su evaluación y aprobación, el proyecto denominado "Reglamento para Identificación de Buenas Prácticas sobre la Nueva Ley Procesal del Trabajo", en mérito a las competencias que la Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ asigna al mencionado Equipo Técnico; y en atención al Acuerdo N° 955-2015, por el cual se autorizó la formulación del referido proyecto. Segundo. Que, con la propuesta presentada se busca conocer y reconocer las buenas prácticas de gestión generadas en el ámbito administrativo y jurisdiccional de los Módulos Corporativos Laborales de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, que hayan contribuido o contribuyan de manera significativa en la mejora del proceso de implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Tercero. Que, evaluada la propuesta presentada y estando a los fines institucionales, resulta procedente su aprobación. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 791-2016 de la trigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Reglamento para Identificación de Buenas Prácticas sobre la Nueva Ley Procesal de Trabajo", presentada por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Articulo Segundo.- Disponer la publicación del referido documento en el Portal Institucional del Poder Judicial y el documento aprobado, para su debido cumplimiento.