Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2016 (26/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Sábado 26 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Que, mediante el Informe N° 191-2016-ITP/OPPM, de fecha 21 de noviembre de 2016, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para la aprobación del "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Majes ­ CITEagroindustrial Majes"; Que, mediante el Informe N° 483-2016-ITP/OAJ, de fecha 22 de noviembre de 2016, la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable, para la aprobación del Tarifario antes mencionado, al encontrarse los servicios contenidos en el mismo, dentro de las funciones del ITP y cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia; Con la visación de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica ­ CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Majes ­ CITEagroindustrial Majes", conforme se detalla a continuación:
Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO Unidad de Medida Valor del Servicio (soles) 63.22 65.14 61.75 % UIT

El Informe N° 002-2016-ITP/CITE Productivo Maynas, de fecha 07 de noviembre de 2016, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo Maynas - CITEproductivo Maynas; el Informe N° 192-2016-ITP/OPPM, de fecha 21 de noviembre de 2016, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 488-2016-ITP/OAJ, de fecha 23 de noviembre de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92 se crea el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP) y de conformidad con la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, se modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); asimismo, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228 "Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE", aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, los CITE públicos son órganos desconcentrados del ITP; Que, por Resolución Ministerial Nº 070-2016-PRODUCE, se crea el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo Maynas - CITEproductivo Maynas"; Que, el ITP tiene entre sus recursos los provenientes de la prestación de servicios, conforme lo dispone el literal d) del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 92; y los CITE tienen como función, brindar asistencia técnica y capacitación en relación a procesos, productos, servicios, mejora de diseño, calidad, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto por el literal a) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, dispone que: "Los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente"; Que, conforme con lo previsto en el último párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, mediante los documentos de Vistos, el CITEproductivo Maynas, presenta la propuesta de Tarifario de Servicios Tecnológicos del mencionado CITE, el mismo que está conformado por dieciséis (16) servicios tecnológicos, dentro de los cuales se encuentran doce (12) servicios de capacitaciones denominados: i) Diseño, construcción y acondicionamiento de estanques acuícolas; ii) Determinación de la rentabilidad y sostenibilidad de la actividad acuícola/pesquera; iii) Gestión Empresarial con fomento de negocios asociativos; iv) Manejo de reproductores y reproducción inducida de peces amazónicos; v) Elaboración de plan de cultivo por campaña; vi) Importancia de la cadena de frio; vii) Buenas

SERVICIOS DE CAPACITACIÓN 001 Gestión en la Cadena Productiva Agroindustrial 002 Comercialización en la Cadena Productiva Agroindustrial Servicio Servicio Servicio 1.6004 1.6490 1.5634

003 Control de Calidad de Alimentos SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA 004 Manejo y Operación de Equipos en la Actividad Agroindustrial

Servicio Servicio Servicio

553.18 515.54 410.50

14.0047 13.0517 10.3924

005 Manejo de Alimentos 006 Producción de Cultivo

Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y en el mismo día, en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVAN CASTILLEJO LEGTIG Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 1457706-1

Aprueban Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Productivo Maynas - CITEproductivo Maynas
RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 231-2016-ITP/DE Callao, 25 de noviembre de 2016