Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2016 (06/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

580016

NORMAS LEGALES

Domingo 6 de marzo de 2016 /

El Peruano

creen, modifiquen, supriman o exoneren los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, en ese sentido, mediante Informe Nº 010-2016-GATRMDMM, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, considera que es necesario exonerar del pago de los Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2016 a los centros educativos estatales del distrito de Magdalena del Mar, aspecto que ha sido corroborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 046-2016-GAJ-MDMM; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- EXONÉRESE del pago de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2016, a los contribuyentes y/o responsables de predios destinados al funcionamiento de centros educativos estatales del distrito de Magdalena del Mar, siempre que se encuentren pendientes de pago. Artículo Segundo.- La exoneración contemplada en el artículo precedente es automática y deberá aplicarse en el Sistema de Rentas por el solo mérito que el titular del centro educativo estatal se encuentre inscrito o se inscriba como contribuyente ante esta Entidad Edil. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, en lo que sea de su competencia. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www. munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde

la jurisdicción del distrito de San Miguel, en cuya tercera disposición final, se encarga a la Gerencia de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica desarrollar, mediante decretos de alcaldía, la reglamentación de dicho dispositivo, determinando espacios, horarios, características de uniformes, colores y plazo de implementación; Que, en dicho contexto, la Gerencia de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica, a través del informe de vistos, propone aprobar el reglamento que establezca las referidas disposiciones, para el caso, respecto al giro de sándwiches; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de vistos señala que de conformidad al artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal y, en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:

Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento que regula el horario, ubicación, módulo, uniforme y plazo de implementación en espacios públicos autorizados en el distrito de San Miguel, correspondiente al giro de sándwiches. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización y Control, Subgerencia de Inspecciones y Control y Sanciones, Gerencia de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica y a la Subgerencia de Licencias y Comercio, el cabal cumplimiento del presente decreto. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente dispositivo legal en el Diario Oficial El Peruano y, en simultáneo, el texto íntegro del documento en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde

1352774-1

1352482-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Aprueban Reglamento que regula el horario, ubicación, módulo, uniforme y plazo de implementación en espacios públicos autorizados en el distrito, correspondiente al giro de sandwiches
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2016/MDSM
San Miguel, 24 de febrero de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el informe Nº 010-2016-SGLC-GDECT/ MDSM emitido por la Subgerencia de Licencias y Comercio, el memorando Nº 065-2016-SG/MDSM emitido por la Secretaria General, el memorando Nº 019-2016GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, el informe Nº 010-2016-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el informe Nº 001-2016-GDECT emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica, el informe Nº 117-2015-SGLC-GDECT/MDSM emitido por la Subgerencia de Licencias y Comercio, y; CONSIDERANDO: Que, a través de la ordenanza Nº 282-MDSM, se aprueba regular el comercio en espacios públicos autorizados en

Aprueban Reglamento que regula el horario, ubicación, módulo, uniforme y plazo de implementación en espacios públicos autorizados en el distrito, correspondiente al giro de jugos de naranja
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2016 /MDSM
San Miguel, 24 de febrero de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el informe Nº 010-2016-SGLC-GDECT/ MDSM emitido por la Subgerencia de Licencias y Comercio, el memorando Nº 065-2016-SG/MDSM emitido por la Secretaria General, el memorando Nº 019-2016GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, el informe Nº 010-2016-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el informe Nº 001-2016-GDECT emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica, el informe Nº 117-2015-SGLC-GDECT/MDSM emitido por la Subgerencia de Licencias y Comercio, y; CONSIDERANDO: Que, a través de la ordenanza Nº 282-MDSM, se aprueba regular el comercio en espacios públicos autorizados en la jurisdicción del distrito de San Miguel, en cuya tercera disposición final, se encarga a la Gerencia de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica desarrollar, mediante decretos de alcaldía, la reglamentación de dicho dispositivo, determinando espacios, horarios, características de uniformes, colores y plazo de implementación;