Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2012 (21/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

462879

Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa

766229-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Establecen el monto por Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion y Distribucion - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 256/MDC
Carabayllo, 24 de febrero del 2012 EL MORDAZA CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Extraordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 001-2012-CAJFyCI-CEPP/MDC de la Comision Permanente de Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional y la Comision de Economia, Planeamiento y Presupuesto, la misma que se pronuncia sobre el Proyecto de Ordenanza que establece el monto por Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion y Distribucion - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el Distrito de Carabayllo del ano 2012, y los Informes Nº 005-2012-GAT/MDC y Nº 0082012-GAT/MDC, emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, establece en su Articulo 194º que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Organos del Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 74º del mismo MORDAZA juridico, otorga Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales, lo cual, concordado con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley. Asimismo precisa que las Ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Articulo 14º del Texto Unico Ordenando de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualizacion de valores de los predios, por parte de las Municipalidades, sustituye la obligacion de presentar la declaracion jurada anual; Que, la Cuarta Disposicion Final de la precitada MORDAZA del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y emision de los recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes del Distrito de Carabayllo, por derecho de actualizacion de valores, emision mecanizada y DE LA MUNICIPALIDAD DE

distribucion a domicilio de los formatos correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ­ 2012; Que, el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y los numerales 1 y 2) del Articulo 69º del mismo MORDAZA juridico establecen que son rentas municipales, entre otros conceptos, las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por el Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se encuentra facultada para ratificar las ordenanzas de caracter tributario de los distritos que integran la Provincia de MORDAZA, lo que constituye un requisito para que dichas ordenanzas entren en vigencia, para lo cual ha establecido los procedimientos de ratificacion dispuestos mediante la Ordenanza Metropolitana Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000001 del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante el Informe Nº 005-2012-GAT/MDC emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria se remite el Informe Nº 533-2012-SGATR-GAT/MDC mediante el cual se anexa el proyecto de Ordenanza de Derecho de Emision para el ejercicio 2012, asimismo se adjunta su respectivo Informe Tecnico y Exposicion de Motivos, indicandose en la misma que luego de un amplio estudio y de acuerdo a los Informes Remitidos por la Sub-Gerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion, Sub-Gerencia de Recursos Humanos, Sub-Gerencia de Informatica y la SubGerencia de Logistica, Control Patrimonial y Maestranza, se debe de aprobar una nueva ordenanza a fin de que los niveles de morosidad de los contribuyentes del Distrito de Carabayllo puedan ser regularizados, por lo que los costos por el servicio de emision mecanizada de la actualizacion de valores, determinacion de tributos y emision de los recibos de pago seran abaratados. Que, del Expediente remitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, se observa que el Proyecto de Ordenanza procedera a ratificar los costos y los derechos de Emision en S/. 2.50 por Contribuyente y en S/. 0.20 por Anexo Adicional. Que, mediante el Informe Nº 008-2012-GAT/MDC emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria se remite el Informe Nº 550-2012-SGATR-GAT/MDC mediante el cual se anexa la documentacion complementaria respecto del proyecto de Ordenanza de Derecho de Emision para el ejercicio 2012, en el que se adjunta el Informe Tecnico, Estructura de Costos, Cuadro de Estimacion de Ingresos y el Oficio Nº 004-090-00007307 emitido por el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, que forma parte integrante del proyecto normativo que aprueba el monto por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y su distribucion domiciliaria del ano 2,012; Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 005-2012GAT/MDC y Nº 008-2012-GAT/MDC emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria, Informes Nº 533-2012-SGATRGAT/MDC y Nº 550-2012-SGATR-GAT/MDC, emitidos por la Sub-Gerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion y el Informe Nº 051-2012-GAJ/MDC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, expresan su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de sus facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA por UNANIMIDAD de sus miembros y la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION Y DISTRIBUCION - IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES - 2012 Articulo Primero.- APRUEBESE el Informe Tecnico y la Estructura de Costos por concepto de derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion y Distribucion - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012, asi como el Cuadro de Estimacion de Ingresos de dichos derechos, que como anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- FIJESE en Dos y 50/100 Nuevos Soles (S/.2.50) y Veinte Centimos de MORDAZA Sol (S/.0.20) por Anexo Adicional, monto que deben abonar los contribuyentes en el Distrito de Carabayllo por Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion y Distribucion - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales -