Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2012 (21/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. g) Uso de la tecnologia aplicable al transporte de personas. Cursos especificos para realizar el transporte de mercancias: a) Urbanidad y trato con el publico. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Ensenanza de las normas que regulan la prestacion de los servicios de transporte de mercancias. d) Ensenanza de las normas basicas sobre clasificacion vehicular; asi como caracteristicas y requisitos tecnicos vehiculares relativos a los vehiculos del transporte de mercancias. e) Pesos y dimensiones vehiculares maximos permitidos para vehiculos de transporte de mercancias, tolerancias en el pesaje, bonificaciones y regimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecanica Automotriz avanzada segun la categoria del vehiculo que corresponda. h) Ensenanza de normas tributarias sobre el uso de la guia de remision del transportista. i) Uso de tecnologia aplicable al transporte de mercancias. Articulo Segundo.- La Empresa ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE JADAMI S.A.C., autorizada para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, esta obligada a actualizar permanentemente la informacion propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, asi como las normas legales pertinentes. Articulo Tercero.-. La Escuela autorizada impartira los cursos con la siguiente plana docente:
Cargo de Instruccion Directora Instructor Teorico de MORDAZA Instructor Practico de Manejo Instructor Mecanica Teorico ­ Practico de Docente a cargo · MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lozano. · MORDAZA Lovera Aparcana. · MORDAZA MORDAZA Chuquilin. · MORDAZA MORDAZA Chancan Poma. · MORDAZA MORDAZA Yurivilca. · MORDAZA Vilcabana Manayay.

plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Setimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Octavo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Asimismo, se publicara en la pagina web del Ministerio la presente Resolucion y el horario propuesto por la Escuela de Conductores ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE JADAMI S.A.C. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

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Establecen disposiciones para que las personas juridicas o naturales que cuenten con concesion o autorizacion de uso de areas acuaticas y franjas riberenas completen formatos que serviran para obtener informacion de manera detallada y actualizada sobre la distribucion de las infraestructuras portuarias existentes
RESOLUCION DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 011-2012-APN/DIR
Callao,23 de febrero de 2012 VISTO: El Memorando Nº 036-2012-APN/DT, de fecha 13 de enero de 2012, de la Direccion Tecnica de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), a traves del cual solicita la aprobacion de diversos formatos que serviran para obtener informacion de manera detallada y actualizada sobre la distribucion de las infraestructuras portuarias existente en el pais; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1 de la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, establece que el objeto y finalidad de la MORDAZA en mencion es regular las actividades y servicios en los terminales, infraestructuras e instalaciones ubicados en los puertos maritimos, fluviales y lacustres, tanto los de iniciativa, gestion y prestacion publica, como privados, y todo lo que atane y conforma el Sistema Portuario Nacional; Que, de conformidad con el articulo 2 de la Ley acotada, el ambito de aplicacion de la citada MORDAZA, son las actividades portuarias y servicios portuarios realizados dentro de las zonas portuarias, asi como las competencias y atribuciones de las autoridades vinculadas al Sistema Portuario Nacional; Que, el articulo 19 de la Ley del Sistema Portuario Nacional, establece que la APN es el organismo tecnico especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que cuenta, entre otros, con autonomia administrativa, funcional, tecnica, economica, y financiera, y facultad normativa por delegacion del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo al articulo 29 y siguientes del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, y demas normas modificatorias, la APN es la entidad competente para conocer los procedimientos de autorizacion temporal y definitiva de uso de area acuatica y franja riberena y para otorgar la habilitacion y licencia portuarias;

Instructor Teorico Practico en Primeros · MORDAZA MORDAZA Cordoba Matallana. Auxilios Psicologa · Sadith MORDAZA Infantes Portilla.

Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, presentara el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, presentara MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su