Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2012 (21/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2012

ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Admiten a tramite solicitud de SEDAM HUANCAYO S.A. para la determinacion de precios de los servicios colaterales
RESOLUCION DE GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA N° 001-2012-SUNASS-GRT
MORDAZA, 14 de marzo de 2011 VISTO: El oficio Nº 046-2012-SEDAM HYO S.A./GG recibido por la SUNASS el 02 de febrero de 2012, mediante el cual la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Municipal de Huancayo Sociedad Anonima ­ SEDAM HUANCAYO S.A., remite la Propuesta de Precios de Servicios Colaterales, a fin de cumplir con los requisitos de admisibilidad y procedencia conforme al Reglamento General de Tarifas. El oficio Nº 081-2012-GG-SEDAM HYO S.A./GG recibido el 02 de marzo del 2012, mediante el cual la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Municipal de Huancayo Sociedad Anonima ­ SEDAM HUANCAYO S.A., remitio a la SUNASS informacion adicional necesaria para dar inicio al tramite al procedimiento para la Determinacion de Precios de Servicios Colaterales para el periodo quinquenal vigente. CONSIDERANDO: Que, el articulo 52° del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 0092007-SUNASS-CD, establece que el procedimiento para la determinacion de los costos maximos de las actividades unitarias requeridas para la prestacion de los servicios colaterales se inicia con la MORDAZA de la solicitud de la EPS ante la SUNASS; Que, mediante el oficio Nº 025-2012-SUNASS-110 se solicito la subsanacion de las deficiencias respecto de la documentacion que acompana a la solicitud de determinacion de los precios de servicios colaterales remitida por la empresa, las mismas que fueron subsanadas mediante oficio Nº 81-2012-G.G.-SEDAM HYO. S.A.; Que, se ha procedido a revisar la Propuesta de Precios de los Servicios Colaterales entregada por SEDAM HUANCAYO S.A., verificandose que la misma reune los requisitos de admisibilidad y procedencia contemplados en el articulo 48º del Reglamento General de Tarifas; y, en consecuencia, corresponde a la Gerencia de Regulacion Tarifaria admitir a tramite la misma; En uso de las facultades conferidas por Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Admitir a tramite la solicitud de la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Municipal de Huancayo Sociedad Anonima ­ SEDAM HUANCAYO S.A. de determinacion de Precios de los Servicios Colaterales, dandose inicio a los procedimientos contemplados en el Titulo 4 del Reglamento General de Tarifas. Articulo 2º.- Requerir a SEDAM HUANCAYO S.A. para que dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, ejerza su derecho a solicitar la celebracion de una audiencia preliminar, con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de Precios de los Servicios Colaterales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUCICH LARRAURI Gerente de Regulacion Tarifaria

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban 26 Normas Tecnicas Peruanas sobre plaguicidas de uso MORDAZA, turismo, bebidas alcoholicas, conductores electricos y otros, y dejan sin efecto 11 NTP
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 19-2012/CNB-INDECOPI
MORDAZA, 7 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Plaguicidas de uso MORDAZA, b) Turismo, c) Bebidas alcoholicas, d) Seguridad de juguetes y utiles de escritorio para ninos, e) Tubos, valvulas y accesorios de material plastico para el transporte de fluidos, f) Conductores electricos g) Cuero, calzado y derivados y h) Seguridad contra incendios de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Plaguicidas de uso MORDAZA, 09 PNTP, el 24 de octubre de 2011 b) Turismo, 01 PNTP, el 25 de octubre de 2011 c) Bebidas alcoholicas, 02 PNTP, el 02 de noviembre de 2011 d) Seguridad de juguetes y utiles de escritorio para ninos, 01 PNTP, el 02 de noviembre de 2011 e) Tubos, valvulas y accesorios de material plastico para el transporte de fluidos, 03 PNTP, el 23 de noviembre de 2011

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