Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2006 (08/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2006

por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los arbitrios son tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico; asimismo, la cuarta MORDAZA del citado Titulo Preliminar establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y supr imir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley, mediante Ordenanza Municipal; Que, por Ley Nº 28687 - Ley Complementaria de formalizacion de la propiedad informal, la Municipalidad Provincial del Callao, esta facultada de manera exclusiva y excluyente para realizar el saneamiento fisico legal en los asentamientos humanos ubicados en la Provincia Constitucional del Callao, dicha facultad concuerda con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 006-2006-Vivienda, Reglamento de la Ley mencionada; Que, con fecha 4 de MORDAZA del 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28703 - Ley que Autoriza al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para que realice las Acciones Administrativas de Reversion a favor del Estado de los Lotes de Terrenos del Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec, MORDAZA que en su Articulo 4º dispone que la Municipalidad Provincial del Callao, debe realizar el empadronamiento y entrega de Constancias de Posesion, asi como a la realizacion del saneamiento fisico legal hasta la titulacion de los terrenos, esto es, una vez revertidos; De conformidad con lo dispuesto en los incisos 8 y 9 del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad aprobo la siguiente Ordenanza; ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA EXONERACION DEL PAGO DE LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS POR CONCEPTO DE CONSTANCIAS DE POSESION A LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY Nº 28703 RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del pago de los derechos administrativos por concepto de Constancias de Posesion a los beneficiarios de la Ley Nº 28703. Articulo Segundo.- El Concejo Provincial del Callao, podra disponer la exoneracion por concepto de Constancias de Posesion a los moradores de los asentamientos humanos ubicados en la Provincia Constitucional del Callao, que cumplan con los tramites de ley, previo informe de la Gerencia General de Asentamientos Humanos. POR TANTO: Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 08111

solicita la aprobacion para la realizacion del Programa II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO - 2006, a celebrarse el dia 11 de MORDAZA del presente ano en la Plaza Grau-Muelle Darsena, Callao; y, CONSIDERANDO: Que, es politica de la Municipalidad Provincial del Callao, promover la regularizacion de la situacion de aquellas parejas que encontrandose en condiciones de contraer Matrimonio Civil, no cuentan con los recursos economicos necesarios para formalizarlo; Que, en la circunscripcion de la Provincia Constitucional del Callao, existen numerosos hogares formados de hecho que por las razones MORDAZA expuestas no pueden regularizar su union; Que, mediante el Memorando de Visto, la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, solicita l a r e a l i z a c i o n d e l I I M AT R I M O N I O C I V I L COMUNITARIO - 2006, a llevarse a cabo el dia 11 de MORDAZA del presente ano en el Cercado del Callao, exonerando a las parejas del pago por derecho de tramite Matrimonio Civil y publicacion de Edicto, por lo que debe expedirse la autorizacion correspondiente; Que, el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que mediante Decreto de Alcaldia se regulan los asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando a las consideraciones vertidas, con la visacion de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y de la Gerencia General de Administracion, y en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales de la Municipalidad Provincial del Callao, llevar a cabo el II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO -2006, el dia 11 de MORDAZA del presente ano en el Cercado del Callao. Articulo 2º.- EXONERAR a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario del pago por derecho de Matrimonio Civil tramite administrativo y examen pre nupcial. Articulo 3º.- DISPENSAR de la publicacion de los Edictos Matrimoniales a las parejas que se acojan al Matrimonio Civil dispuesto en el articulo primero. Articulo 4º.- AUTORIZAR el Traslado de Libros fuera de esta Corporacion MORDAZA, para la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario MORDAZA citado. Articulo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y a la Gerencia General de Administracion, el cumplimiento del presente Decreto. CATEGORIA/GRUPO GENERICO ESPECIFICO DEL GASTO 5.- GASTOS CORRIENTES Servicio de alquiler Toldo, sillas, menaje, etc. para 250 parejas Otros servicios y compras Total POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 08115 : S/. 24,700.00 : S/. 13,500.00 : S/. 11,200.00 -----------------S/. 24,700.00

Autorizan realizacion del II Matrimonio Civil Comunitario - 2006
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000013 Callao, 3 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Memorando Nº 448-2006-MPC/GGSSC de fecha 10 de MORDAZA del 2006, mediante el cual la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales,