Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2006 (08/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2006 C=Ax En donde: Vt = Valor del terreno (1 + i)n - 1 i(1+ i)n + Vt i(1 + i)n

NORMAS LEGALES

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Si el usufructo implica el uso temporal del bien, superior a los 50 anos, sera de aplicacion la siguiente formula: A Vt C = ­­­ + ­­­­­­ i i(1 + i)n ARTICULO IV.A.04 En el caso de servidumbres que tienen vinculacion con las areas de uso publico como vias y parques se tomaran en cuenta los siguientes criterios: 1) Para que el caso sea considerado como servidumbre se comprobara que esta no afecte la correcta utilizacion publica del bien. 2) Se valuara por separado el bien superficial, el uso del subsuelo y el uso del sobresuelo o aires. 3) Si el resultado de la valuacion del uso del subsuelo es inferior a 1/3 de la valuacion del bien superficial se considerara como valuacion final esta ultima. 4) Si el resultado de la valuacion del uso del sobresuelo es inferior a 1/3 de la valuacion del bien superficial se considerara como valuacion final esta MORDAZA ARTICULO IV.A.05 La valuacion del bien superficial en el caso mencionado en el articulo anterior debe hacerse considerando que se trata de un terreno MORDAZA asimilado a la caracteristicas de su entorno mas proximo, restandole el costo de la adecuacion de las obras de habilitacion necesarias para el MORDAZA uso. Para la valuacion del uso del subsuelo y del sobresuelo se considerara que se trata de una servidumbre de tiempo indeterminado y se aplicara las disposiciones del articulo IV.A.01 de este reglamento. TITULO V VALUACION DE PROPIEDADES EMPRESARIALES CAPITULO A ALCANCES Y FINES ARTICULO V.A.01 La valuacion de una empresa comercial o industrial debera comprender todos sus bienes tangibles e intangibles, tales como: Bienes tangibles: valor del inmueble, sistemas y equipos industriales (procesos productivos, maquinas, herramientas, vehiculos, etc.); muebles, enseres, equipos de oficina, materiales, repuestos, productos y otros bienes que posean. Bienes intangibles: valores del proyecto, gastos de supervision, promocion, organizacion y puesta en marcha; patentes, MORDAZA de fabrica, franquicias, opciones, contratos, derechos a servicios y otros. Tambien comprende las demas partidas y otros elementos que pueda integrar su activo y pasivo; debiendo el perito agregar las observaciones que estime convenientes sobre la idoneidad de los bienes para la industria que lo ocupa. ARTICULO V.A.02 La valuacion de una empresa comprende las siguientes etapas: a) Estudio de la documentacion proporcionada por los propietarios o solicitantes de la tasacion; ficha registral o declaratoria de fabrica y certificado de gravamen, planos actuales de las edificaciones, instalaciones y obras complementarias; relacion de maquinarias y equipos, capacidad de produccion, muebles, enseres, repuestos, vehiculos, materias primas, productos en MORDAZA y productos terminados; sus facturas de compra respectivas, polizas de importacion, etc.

b) Inspeccion de campo: medir o comprobar las dimensiones de los locales, inspeccionar las edificaciones, constatar los estados de conservacion, calificandolos segun las tablas de depreciacion. c) Verificar los equipos contra incendios, alarmas, camaras de video, equipos de bombeo, hidroneumaticos, de aire acondicionado, grupos electrogenos, etc. Constatacion y verificacion de cada maquina y equipo, tomando los datos de MORDAZA, MORDAZA, modelo, numero de serie, capacidad, ano de fabricacion, estado de conservacion, grado de operatividad, obsolescencia, repotenciamiento, etc. d) Datos contables de activos y pasivos de la empresa, toma de muestras fotograficas, grabacion o filmacion de ser posible, de la visita de campo. e) Analisis y obtencion de precios similares nuevos. f) Trabajo de gabinete: Deter minacion de la metodologia a utilizar en la valuacion, calculos, formulas y fundamentos. g) Preparacion del informe pericial, que comprende basicamente las etapas de inspeccion de MORDAZA, memoria descriptiva y valorizacion de los bienes. ARTICULO V.A.03 La memoria descriptiva para la valuacion de un empresa sera similar a la especificada en el Titulo II, Capitulo B y Titulo III, Capitulo G, del presente reglamento. Debe incluir, por tanto, los sistemas, instalaciones industriales moviles, maquinarias y equipos: Nombre del propietario, nombre de la persona que solicita la tasacion, objeto de la valuacion y metodologia o reglamentacion empleada, fecha a la cual esta referida la valuacion, ubicacion y uso actual del activo; sus caracteristicas generales, edad, estado y expectativa de uso productivo, observaciones. La valorizacion de los activos se efectuara teniendo como base la memoria descriptiva y de acuerdo a las pautas indicadas en los siguientes articulos. ARTCULO V.A.04 La metodologia a aplicarse para tasar sistemas, instalaciones industriales moviles, maquinarias y equipos consistira en determinar el valor actual del bien, obtenido a partir del valor de adquisicion a la fecha de un similar MORDAZA, al que se le aplicara un factor de depreciacion calculado a base de su edad y periodo de uso productivo futuro del equipo asi como por obsolescencia, teniendo como limite inferior el valor residual que pueda obtenerse por el bien al ponerlo fuera de uso. A este valor actual de tasacion del bien se le denomina valor actual comercial de tasacion, en razon a que la base del precio similar MORDAZA es el del MORDAZA en el momento de la valuacion. El perito sobre la base de este valor y a su criterio, previo estudio de MORDAZA, puede afectar dicho valor actual con un factor de mejoramiento o desmejoramiento debidamente fundamentado, obteniendose asi un valor de MORDAZA definitivo a la fecha. ARTICULO V.A.05 Debera consignarse en las valuaciones de los bienes de unan empresa, todos los datos necesarios para identificar los bienes tasados asi como los derechos y restricciones legales que estos bienes puedan tener. ARTICULO V.A.06 Para muchos fines y a pedido de los interesados, podra hacerse la valuacion de solo alguno de los bienes de una empresa, particularmente del predio, instalaciones y equipos, en cuyo caso el perito debera destacar dicha condicion. TITULO V CAPITULO B VALUACION DE INMUEBLES ARTICULO V.B.07 La valuacion de los terrenos dedicados a empresas se MORDAZA de acuerdo con las disposiciones del presente reglamento, segun los procedimientos senalados en el Titulo II, Capitulo B y Titulo III, Capitulo J.