Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2006 (08/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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con el organismo normativo, la actividad pesquera no ha contado con medidas coordinadas para un manejo sostenible de los recursos pesqueros, por lo que, para cumplir con dicho objetivo y en atencion a las condiciones propias de la actividad pesquera se considera necesario sumar esfuerzos y contar con la colaboracion y participacion de las entidades e institutos de investigacion para la implementacion de medidas de proteccion y preservacion de los recursos pesqueros en la Region Ucayali; Que, en Ucayali la pesca muestra signos de sobreexplotacion, como reduccion de las tallas de diferentes especies, busqueda de nuevos y mas alejados lugares de pesca, disminucion de los volumenes de pescado desembarcado, lo que trae como resultado el desabastecimiento de pescado a la poblacion, incremento en los desembarques de especies de bajo valor y disminucion de especies de mayor valor economico. Sumado a ello, la presion de pesca se incrementa por el crecimiento poblacional y la demanda de pescado cada vez mayor; sin embargo existen actividades que atentan contra la conservacion de los ecosistemas como la deforestacion, el uso de sustancias toxicas, la actividad de narcotrafico, la falta de cultura ecologica en la poblacion, ademas de factores climaticos regionales y globales, que alterarian las respuestas ecologicas de las especies entre otros; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; el Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 16 de marzo del 2006, aprobo la siguiente: ORDENA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Conformacion de la Comision Tecnica Interinstitucional para Asuntos Pesqueros en la Region Ucayali; la misma que sera presidida por la Direccion Regional de la Produccion Ucayali, cuyo objetivo principal es la formulacion de estrategias y acciones direccionadas a la conservacion y explotacion racional de los recursos pesqueros de acuerdo con el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria Amazonica. Articulo Segundo.- APROBAR la participacion de las siguientes instituciones en la Comision Tecnica Interinstitucional en Asuntos Pesqueros: Direccion Regional Sectorial de la Produccion de Ucayali; Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana-IIAP Pucallpa; Instituto de Investigaciones Tropicales y de Altura - IVITA-Pucallpa; Instituto de Ciencias Biologicas MORDAZA Raymondi de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali; Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ucayali; Organismos No Gubernamentales: Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Ambientales ADRA, Asociacion para la Investigacion y Desarrollo Regional - AIDER, Sindicato Unico de Pescadores Artesanales de la Region Ucayali - SINDUPERU, Asociacion Mutualista de Pescadores de Yarinacocha AMPYC, Asociacion de Pescadores Artesanales de la Region Ucayali - APARU, Instituto Regional de Desarrollo de las Comunidades Nativas - IRDECON, Oficina Regional de Asuntos Indigenas - ORAU, Universidad Nacional de Ucayali, Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia - UNIA y la Capitania de Puerto de Pucallpa. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico hacer el seguimiento de lo dispuesto en los articulos precedentes e informar al Consejo Regional en pleno. Articulo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulacion local. Articulo Quinto.- DISPENSAR del tramite de lectura y aprobacion del acta. POR TANTO MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 08145

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2006-MSB-A Mediante Oficio Nº 360-2006-MSB-SG, la Municipalidad de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 008-2006-MSB-A, publicado en la edicion del dia 5 de MORDAZA de 2006. En el Articulo Cuarto; DICE: "Articulo 26º.- ... a) Comision de gastos de inversion: concentra y proponer ..." DEBE DECIR: "Articulo 26º.- ... a) Comision de gastos de inversion: concertar y proponer ..." 08139

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Exoneran de pago de derechos administrativos por concepto de constancias de posesion a beneficiarios de la Ley Nº 28703
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000016 Callao, 28 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 28 de MORDAZA de 2006; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica y administrativa en asuntos de su competencia y tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales, de conformidad con los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, conforme al Art. 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se aprecia que de acuerdo a lo establecido en el inciso 4 del Art. 195º y por el Art. 74º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fija la Ley; Que, la MORDAZA MORDAZA del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado