Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2006 (23/04/2006)


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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

conforme se verifica del documento del visto, para participar como orador principal del Foro de Alto Nivel sobre "Comunicacion, Integracion y Desarrollo" que se realizara en la MORDAZA de Medellin; Que, a este efecto, es necesario precisar que los gastos que demande el referido viaje seran cubiertos por las entidades organizadoras y auspiciadoras, razon por la que el mismo no demandara mayor gasto al Gobierno Regional de MORDAZA que no MORDAZA los gastos tributarios ordinarios correspondientes a salida al exterior; Que, de conformidad con el articulo 13º inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, se entiende por Comision de Servicio, cuando un servidor es destinado para realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el MORDAZA o en extranjero; lo que es concordante con lo dispuesto por el articulo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, conforme al cual la Comision de Servicio es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones segun el nivel de MORDAZA, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que estan directamente relacionadas con los objetivos institucionales; Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2003-GR.LAMB/CR, modificado por Ordenanza Regional Nº 020-2003-GR.LAMB/CR, preve en su articulo 12º inciso 1), que es atribucion del Consejo Regional de MORDAZA autorizar los viajes por comision de servicios del Presidente Regional; Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, en su articulo 15º inciso k), in fine, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores seran aprobados mediante Acuerdo del Consejo Regional, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, de conformidad con el articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos y en atencion a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesion Ordinaria de fecha 12.ABR.2006; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR el viaje a la Republica de Colombia en comision de servicio, del Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. Yehude MORDAZA Munaro, por los dias 24 al 26 de MORDAZA del presente ano. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 07144

De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902; Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo - Ley Nº 28056; y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 17º inciso 1) de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion de sus planes de desarrollo y presupuestos en la gestion publica; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, articulo 10º numeral 1, establece que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, inciso a) Planificar el desarrollo integral de la region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes, en MORDAZA con el Plan Nacional de Desarrollo; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, establece en su articulo 11º-B, incorporado por la MORDAZA modificatoria indicada, que los miembros del Consejo de Coordinacion Regional emiten opinion consultiva, concertando entre si, sobre: inciso a) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual; b) El Plan de Desarrollo Regional Concertado; y en el articulo 15º, inciso a) senala que es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 60º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece entre las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, inciso a) Formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la politica general del Gobierno Nacional, los Planes Sectoriales y los Programas correspondientes de los Gobiernos Locales; d) Promover la participacion ciudadana en la planificacion, administracion y vigilancia de los programas de desarrollo e inversion social en sus diversas modalidades, brindando la asesoria y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; e) Gestionar y facilitar el aporte de la cooperacion internacional y las empresas privadas en los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social; promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en su articulo 1º define el MORDAZA del Presupuesto Participativo como "un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos"; Que, el articulo 4º de la precitada Ley establece las instancias del presupuesto participativo como son Consejo de Coordinacion Regional, Consejo de Coordinacion Local Provincial y Consejo de Coordinacion Local Distrital. Para el desarrollo del MORDAZA, se constituyen, conforman su directiva, elaboran y aprueban sus estatutos y sus planes de trabajo, dentro del MORDAZA de sus respectivas leyes y las normas que para regular este MORDAZA se expidan; Que, el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en el inciso d) del articulo 1º. Senala que en el MORDAZA del presupuesto participativo intervienen agentes participantes, quienes participan con voz y MORDAZA, en la discusion y toma de decisiones. Estan integrados por los miembros del Concejo de Coordinacion Regional, Consejo Coordinacion Local, los miembros de los Consejos Regionales y Consejos Municipales, los representantes de la sociedad civil identificados para este proposito segun lo senalado en el articulo 5º del reglamento y los representantes del gobierno nacional que desarrollan acciones en el ambito de la region, provincia o distrito

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban MORDAZA de Presupuesto Participativo del Ano 2007
ORDENANZA REGIONAL Nº 103-2006/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura;