Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2006 (23/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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DICE: Por Exhorto: Al Extranjero DEBE DECIR: Por Exhorto: Al Extranjero 07094 % DE URP 50.0% % DE URP 50.0%

NORMAS LEGALES
MONTO 70.00

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen la rehabilitacion de titulos de nombramiento de Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico a que se refiere el Informe Nº 50/06 de la Comision Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 156-2006-CNM MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTO: El oficio Nº 204-2006-JUS/DM del Ministro de Justicia remitiendo el Informe Nº 50/06 de la Comision Interamericana de Derechos Humanos que aprueba el Acuerdo de Solucion Amistosa firmado entre el Estado Peruano y magistrados no ratificados; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, en estricto cumplimiento y observancia de la Constitucion Politica del Peru y de su Ley Organica, Nº 26397, a partir del ano 2000, inicio las convocatorias a los procesos de evaluacion y ratificacion de jueces y fiscales, procediendo a la ratificacion o no ratificacion de los magistrados evaluados; Que, las decisiones de los procesos de evaluacion y ratificacion de magistrados, adoptadas con anterioridad a la vigencia del Codigo Procesal Constitucional, no requerian de motivacion, debido a que la Constitucion Politica del Peru no dispone el cumplimiento de dicha exigencia, inclusive el Tribunal Constitucional del Peru, mediante jurisprudencia uniforme, resolvio que dicho requisito no resultaba exigible; Que, no obstante lo mencionado, algunos magistrados no ratificados interpusieron denuncias contra el Estado Peruano ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos, por considerar que en las decisiones de no ratificacion se habian vulnerado sus derechos fundamentales; Que, con posterioridad, el Estado Peruano ha reconocido que en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion de magistrados, tal como fue llevado a cabo MORDAZA de la entrada en vigencia del Codigo Procesal Constitucional, que dispone en su articulo 5º, numeral 7, que no proceden los procesos constitucionales cuando se cuestionen las resoluciones definitivas del Consejo Nacional de la Magistratura en materia de destitucion y ratificacion de jueces y fiscales, siempre que dichas resoluciones hayan sido motivadas y dictadas con previa audiencia del interesado, si bien estuvo conforme a la interpretacion de las normas aplicables, no incorporo ciertas garantias de la tutela procesal efectiva, particularmente la exigencia de la resolucion motivada, razon por la cual ha suscrito un Acuerdo de Solucion Amistosa con los peticionarios; Que, por oficio Nº 204-2006-JUS/DM, de 29 de marzo de 2006, el Ministro de Justicia, remite MORDAZA del informe Nº 50/06 de la Comision Interamericana de Derechos Humanos, que aprueba el Acuerdo de Solucion Amistosa firmado por el Estado Peruano y magistrados no ratificados por el Consejo Nacional de la Magistratura, 33 de ellos ex jueces del Poder Judicial; Que, el citado informe, aprobado el 15 de marzo de 2006 por la Comision Interamericana de Derechos Humanos en su 124º periodo ordinario de sesiones, fue notificado al Ministro de Justicia del Peru el 20 de marzo del citado ano, el que a su vez ha sido puesto en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura el 29 de marzo ultimo; Que, el informe contiene el Acuerdo de Solucion Amistosa celebrado entre el Estado Peruano y los peticionarios, el mismo que tiene caracter vinculante;

MONTO 170.00

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionaria para participar en MORDAZA y visita al Departamento Legal de la Reserva Federal de Nueva MORDAZA
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 026-2006-BCRP MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, es politica del Banco Central de Reserva del Peru mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su finalidad y funciones; Que, se ha recibido la invitacion de la firma de abogados MORDAZA, Gottlieb MORDAZA & MORDAZA de Nueva MORDAZA para que el Banco par ticipe en el MORDAZA Advanced Derivatives que se realizara en la MORDAZA de Nueva MORDAZA el 26 de MORDAZA, previendose ademas la visita al Departamento Legal de la Reserva Federal de Nueva MORDAZA para el dia 27, a fin de tratar asuntos relativos a legislacion y contratos financieros de interes del Banco Central; Que, la asistencia al MORDAZA y la visita al Departamento Legal de la Reserva Federal de Nueva MORDAZA constituye una oportunidad de aprendizaje e intercambio de experiencias en beneficio de la institucion, siendo conveniente la participacion del Banco Central; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de 11 de MORDAZA de 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Uzategui Telleria, Subgerente de Asesoria Legal en Asuntos Financieros de la Gerencia Juridica, a la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 25 al 27 de MORDAZA, a fin de que participe en las reuniones que se mencionan en la parte considerativa de esta Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasajes Viaticos Otros gastos menores Total US$ 896,36 US$ 660,00 US$ 30,25 --------------US$ 1586,61

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. MORDAZA DANCOURT MORDAZA Vicepresidente En Ejercicio de la Presidencia 06973