Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2006 (23/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006
6. Gastos de Capital 7. Otros Gastos de Capital Componente 3.00895 :

NORMAS LEGALES
9 700,00

Pag. 317225

Normar, Controlar, Supervisar y promover las Actividades Industriales y Artesanales

5.

Gastos Corrientes 3. Bienes y Servicios 12 044 0116 1.00345 : : : :

72 459,00

Funcion Programa Subprograma Actividad

Pesca Promocion de la Produccion Pesquera Desarrollo de la Pesca Normar, Promover y desarrollar la Actividad Pesquera. Componente 3.01088 : Promocion y Capacitacion en Alimentacion, Nutricion y Gestion. Fuente de Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados 5. Gastos Corrientes 3. Bienes y Servicios Gastos de Capital 7. Otros Gastos de Capital (Nuevos Soles) 36 000,00

6.

14 000,00

Componente

3.01318 : Transferencia de Tecnologia y Capacitacion : 09 Recursos Directamente Recaudados

Fuente de Financiamiento 6. Gastos de Capital 7. Otros Gastos de Capital TOTAL EGRESOS

187 468,00 S/. 417 077,00

Articulo 2º.- La Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las Codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Articulo 3º.- La Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico instruye a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Produccion para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion se presentara dentro de los cinco (5) dias de aprobada, a los Organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Registrese y comuniquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 07153

Disponen reiniciar actividades de extraccion y recepcion del recurso merluza en area del dominio maritimo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-2006-PRODUCE MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2006 Visto el Oficio Nº DE-100-113-2006-PRODUCE/IMP mediante el cual se alcanza el Informe Preliminar denominado "Avance del MORDAZA reproductivo de la merluza" y el Informe Nº 112-2006-PRODUCE/DNEPPDch; CONSIDERANDO: Que el articulo 2° de la Ley General de Pesca Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos;

Que el articulo 9° de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos determinara, segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que por Resolucion Ministerial Nº 356-2005PRODUCE del 28 de diciembre de 2005, se establecio el Regimen Provisional de Pesca del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al ano 2006, en el MORDAZA del cual se autorizo la actividad extractiva del citado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero de 2006 en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 06º 00' 00" Latitud Sur; ademas se fijo la cuota total de pesca del recurso merluza en 55,000 toneladas metricas; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0762006-PRODUCE del 23 de marzo de 2006, se establecio la MORDAZA reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) y se suspendio la extraccion del citado recurso, a partir de las 00:00 horas del 25 de marzo de 2006, en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru hasta el paralelo 06º 00' 00'' Latitud Sur, con excepcion del area delimitada por los paralelos 04º 00' 00'' y 04º 59' 59'' Latitud Sur. Asimismo, el articulo 6º, establecio que el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE ejecutara la Operacion Merluza IX, debiendo previamente remitir a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion el Plan de Trabajo a ejecutar; Que la Resolucion Ministerial N° 107-2006PRODUCE del 17 de MORDAZA de 2006, autorizo al Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE la ejecucion de la Operacion Merluza IX desde las 00:00 horas del dia 19 hasta las 24:00 horas del dia 21 de MORDAZA de 2006, en el area maritima comprendida entre Puerto MORDAZA (03º 30' Latitud Sur) y MORDAZA (07º 00' Latitud Sur), con la participacion de las embarcaciones pesqueras arrastreras de mayor escala con permiso de pesca vigente y en estado operativo para la extraccion del recurso merluza, y que participan del Regimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolucion Ministerial Nº 3562006-PRODUCE; Que el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE mediante el Oficio Nº DE-100-113-2006-PRODUCE/IMP del 20 de MORDAZA de 2006, alcanzo el Informe Preliminar "Avance del MORDAZA reproductivo de la merluza", preparado con la informacion procedente de la Operacion Merluza IX, efectuado los dias 19 y 20 de MORDAZA, el cual contiene el analisis de la situacion actual del comportamiento reproductivo de la merluza y sus proyecciones, concluyendo que teniendo en consideracion que el MORDAZA de desove de MORDAZA se ha venido manifestando a lo largo de una gran parte de la estacion, estos resultados indican que se encuentra en su fase final, siendo que las muestras que se vienen registrando hasta el momento, indican una baja actividad reproductiva en la MORDAZA vedada, por lo que es posible reiniciar la actividad extractiva a partir de la MORDAZA semana de MORDAZA, en el area de MORDAZA establecida segun Resolucion Ministerial N° 076-2006PRODUCE; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE y demas normas complementarias y ampliatorias; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reiniciar a partir de las 00:00 horas del 24 de MORDAZA de 2006, las actividades de extraccion y recepcion del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 06º 00' 00'' Latitud Sur, siendo de aplicacion en todos sus extremos las disposiciones establecidas en el MORDAZA del