Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2006 (23/04/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

Pag. 317254
ANEXO 1

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006 GRADUACION DE LA SANCION MEDIDAS COMPLEMENTARIAS INCUMPLIMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR AVISOS RECTIFICATORIOS PUBLICACION DE RESOLUCIONES PAGO DE COSTAS Y COSTOS : OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON SALUD HUMANA

Resolucion Nº 074-2005/CCD-INDECOPI

AVISO RECTIFICATORIO

ACTIVIDAD

SUMILLA: en el procedimiento seguido de oficio y a instancia de parte contra el Instituto Cientifico Naturista S.A.C. ­ INCINA por infraccion a las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor esta Sala ha resuelto confirmar la Resolucion Nº 074-2005/CCDINDECOPI que resolvio: (i) Declarar fundado el procedimiento iniciado de oficio y a instancia de parte contra el INCINA por infraccion al MORDAZA de veracidad, asi como a los requisitos legales de la publicidad testimonial, establecidos en los articulos 4º y 5º de las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor, sancionandolo con una multa de 30 UIT, por difundir publicidad promocionando un tratamiento que cura la diabetes, cuando no ha podido demostrar que sea asi. (ii) Sancionar al INCINA con una multa 20 UIT por la persistencia en el incumplimiento de la medida cautelar ordenada mediante Resolucion Nº 1 del 28 de febrero de 2005, para que cese en la difusion de sus anuncios publicitarios, en tanto contuvieran las afirmaciones detalladas en su publicidad o cualquiera otra que de a entender a los consumidores que ha desarrollado una cura contra la diabetes u otras enfermedades incurables. (iii) Ordenar al INCINA, como medida complementaria, el cese definitivo e inmediato de las afirmaciones que fueron objeto de la medida cautelar dictada en el procedimiento. (iv) Condenar al INCINA al pago de las costas y costos del procedimiento (v) Ordenar al INCINA la publicacion de un aviso rectificatorio de 20 cm. de alto y de 14 cm. de ancho, durante seis dias consecutivos en el diario "El Trome" cuyo texto se detalla en el Anexo 1 de la Resolucion Nº 074-2005/CCDINDECOPI. (vi) Solicitar al Directorio del INDECOPI que disponga la publicacion, en los medios de comunicacion, de un aviso institucional informando sobre lo resuelto en el procedimiento. (vii) Remitir al Ministerio Publico MORDAZA de lo actuado en el procedimiento a efectos que adopten las medidas que estimen convenientes en el ambito de su competencia. Asimismo, se ha resuelto integrar la Resolucion Nº 0742005/CCD-INDECOPI disponiendo que de conformidad con lo establecido en la Resolucion Nº 064-2004-INDECOPI/DIR, la Asociacion Peruana de Consumidores y Usuarios - ASPEC participe del 50% de la multa impuesta. Finalmente, se ha dispuesto que la Secretaria Tecnica de la Sala pase copias de la Resolucion Nº 076-2005/CCDINDECOPI y de la presente resolucion al Directorio del INDECOPI para su publicacion en el diario oficial El Peruano. SANCION: 30 UIT (Articulos 4º y 5º de las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor) 20 UIT (Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 807)
MORDAZA, 15 de marzo de 2006 PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA DESLEAL (LA COMISION) DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO DE OFICIO ASOCIACION PERUANA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS (ASPEC) DENUNCIADOS : INSTITUTO CIENTIFICO NATURISTA S.A.C. (INCINA) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (EL SENOR MEDINA) MATERIA : PUBLICIDAD MORDAZA DE VERACIDAD PUBLICIDAD TESTIMONIAL I ANTECEDENTES Expediente Nº 027-2005/CCD Mediante Resolucion Nº 1 emitida el 28 de febrero de 2005, la Comision resolvio iniciar un procedimiento de oficio contra el INCINA, por infringir el MORDAZA de veracidad y las normas sobre publicidad testimonial contenidas en los articulos 4º y 5º de las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor, al difundir material publicitario que promocionaba una supuesta cura contra la diabetes descubierta por el senor MORDAZA, incluyendo

EL INDECOPI HA ORDENADO LA PUBLICACION DEL SIGUIENTE AVISO RECTIFICATORIO: Instituto Cientifico Naturista S.A.C., representado por MORDAZA MORDAZA Pena, denominado "el vencedor de la diabetes", ha difundido publicidad sobre un pretendido descubrimiento de la cura contra la diabetes y otras enfermedades incurables, presentando diversos testimonios al respecto, en varios medios publicitarios. Indecopi cumple con informar que Instituto Cientifico Naturista S.A.C. no ha acreditado con medio probatorio alguno, que su producto sea una cura contra la diabetes u otras enfermedades incurables, entendido como que produce un alivio permanente e irreversible contra una enfermedad. Asimismo, los testimonios de pacientes presentados para sustentar los efectos curativos de su tratamiento contra la diabetes y otras enfermedades incurables, no son opiniones expertas o cientificas, no habiendose demostrado su autenticidad. En este sentido, Instituto Cientifico Naturista S.A.C. ha sido sancionado por el Indecopi, debido a la difusion de publicidad enganosa, por lo que se pone en conocimiento de los consumidores estos hechos a efectos de que eviten ser inducidos a error sobre las pretendidas propiedades curativas de los tratamientos o productos ofrecidos por Instituto Cientifico Naturista S.A.C.

TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala de Defensa de la Competencia RESOLUCION Nº 0338-2006/TDC-INDECOPI EXPEDIENTE Nº 027-2005/CCD EXPEDIENTE Nº 030-2005/CCD EXPEDIENTE Nº 067-2005/CCD (Acumulados)