Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2004 (19/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 2004

Que, la Cuarta Disposicion Final de la Ley de Tributacion Municipal establece que las municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, se encuentran facultadas a cobrar por dichos conceptos un derecho cuyo monto MORDAZA no debe superar el 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ano; Que, en el presente caso, los articulos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 048-MDA establecen en S/. 8.00 y S/. 4.00 los derechos de emision mecanizada anual de actualizacion de valores relacionadas con el impuesto predial y los arbitrios municipales, respectivamente, por concepto de los gastos administrativos incurridos en su emision y distribucion, por lo que el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada ha sido calculado en funcion al costo del servicio a prestar, teniendo en cuenta la mano de obra, los materiales empleados y la distribucion a domicilio. Asi, la Municipalidad Distrital, al efectuar el cobro por los recibos emitidos, considera un importe adicional para aquellos contribuyentes que posean mas de un predio; Que, sin perjuicio del analisis tecnico correspondiente, es preciso senalar que el monto proyectado por el concepto de emision mecanizada de impuesto predial y arbitrios municipales para el presente periodo no supera el limite legal establecido, por lo que corresponde afirmar que la Municipalidad Distrital de Ate ha establecido los mismos de conformidad con la normativa sobre la materia; De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en su Dictamen Nº 156-2004-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 048MDA y la Ordenanza Nº 049-MDA modificada por la Ordenanza Nº 068-MDA, mediante los cuales la Municipalidad Distrital de Ate establece en su jurisdiccion, los importes de derechos de emision mecanizada y los arbitrios municipales de limpieza publica, parques y jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 2004, respectivamente. Articulo Segundo.- Invocar a la Municipalidad Distrital de Ate, que para la aprobacion y ratificacion de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2005, debera tomar en cuenta los parametros y criterios de la estructura de costos y distribucion que ha establecido la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a traves del Servicio de Administracion Tributaria - SAT mediante la Directiva Nº 001-006-00000001 "Sobre determinacion de costos de los servicios y procedimientos administrativos que dan origen a tributos para efectos de ratificacion de Ordenanzas Distritales" en cumplimiento de la Ordenanza Nº 607, que "Regula el Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Distritales para la provincia de Lima". Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 20855

na, con personeria juridica de Derecho Publico Interno y con autonomia administrativa, economica, presupuestaria y financiera; Que, el Estatuto del SAT, creado mediante Edicto Nº 227, en su articulo 4º dispone que el SAT tiene por finalidad organizar y ejecutar la administracion, recaudacion y fiscalizacion de todos los ingresos tributarios de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Metropolitana, asi como organizar y ejecutar la recaudacion de las multas administrativas; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 166º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, le otorga a la Administracion Tributaria la facultad discrecional de aplicar gradualmente las sanciones, en la forma y condiciones que MORDAZA establezca, mediante Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que, resulta necesario precisar la Ordenanza Nº 110 en cuanto su alcance; y estando a lo dispuesto en el articulo 6º del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisase que la notificacion o requerimiento al que se refiere el articulo primero, inciso a), no resulta aplicable respecto de cartas u otros documentos de indole informativo. Articulo 2º.- Hacer extensivo el regimen de gradualidad establecido en la Ordenanza Nº 110 tambien respecto de la infraccion contenida en el articulo 178º inciso 1 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 20840

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Beneficio Tributario y Administrativo en el distrito
ORDENANZA Nº 135-04-MDB
Brena, 12 de noviembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; VISTO: El Informe Nº 210-2004-SGAT-GAR/MDB de fecha 11 de noviembre de 2004, de la Subgerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades, como organos de Gobierno Local, tienen Autonomia y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a su vez el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el articulo 196º de dicha MORDAZA establece que son rentas de las municipalidades los tributos creados por

Precisan alcances de la Ordenanza Nº 110, con relacion al Servicio de Administracion Tributaria - SAT
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00000587
MORDAZA, 7 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225, se creo el Servicio de Administracion Tributaria, SAT como un organismo publico descentralizado de la Municipalidad de MORDAZA Metropolita-