Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2004 (19/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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municipal del distrito de Omas, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, y estese a lo resuelto en la Resolucion Nº 277-2004-JNE. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20872

Confirman Acuerdo del Concejo Distrital de San MORDAZA de MORDAZA de Yarusyacan que rechazo solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA
RESOLUCION Nº 307-2004-JNE
Expediente Nº 435-2004 MORDAZA, 15 de noviembre de 2004 Vista; la apelacion interpuesta por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Deudor y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo adoptado en sesion extraordinaria de fecha 4 de agosto de 2004 por el Concejo Distrital de San MORDAZA de MORDAZA de Yarusyacan, provincia y departamento de Pasco, y formalizado con Acuerdo de Concejo Municipal Nº 005-2004MDSFA-Y-P de la misma fecha, que rechazo el pedido de vacancia del cargo de MORDAZA que ejerce don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maximiliano; oidos los informes orales; y, CONSIDERANDO: Que por Acuerdo del 4 de agosto de 2004, el Concejo Distrital de San MORDAZA de MORDAZA de Yarusyacan rechazo la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA que ejerce don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la que se atribuye a este haber cambiado de domicilio fuera de la jurisdiccion municipal y un presunto interes en los contratos, senalado como causal de vacancia en la derogada Ley Nº 23853; Que se admite a tramite la presente apelacion, por no haberse acreditado la debida notificacion a los solicitantes de la vacancia, con el acuerdo que rechazo su pedido; Que con los certificados de constatacion domiciliaria extendidos por la Comisaria PNP de Chicrin - Pasco de fojas 100 y 101, y la MORDAZA del Juez de Paz del distrito de fojas 99, se acredita que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA reside en el distrito de San MORDAZA de MORDAZA de Yarusyacan, teniendo domicilio en el Anexo de Pumacayan y en el inmueble ubicado en el MORDAZA MORDAZA s/n de dicho distrito, MORDAZA que ha sido consignado en su inscripcion en el RENIEC, conforme a la correspondiente consulta en linea; por lo que, en concordancia con el ultimo parrafo del articulo 22º de la ley acotada, que establece que no se considera cambio de domicilio el senalamiento de mas de un domicilio, siempre que uno de ellos se mantenga dentro de la circunscripcion territorial, la causal de cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion municipal prevista en el inciso 5) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades, ha quedado desvirtuada; Que conforme a los articulos 109º de la Constitucion Politica y III del Titulo Preliminar del Codigo Civil, la ley es obligatoria desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial, y se aplica a las consecuencias de las relaciones o situaciones juridicas existentes, quedando establecido el MORDAZA de aplicacion inmediata de la MORDAZA, y desechando su aplicacion retroactiva o ultractiva, razon por la que no es procedente solicitar la vacancia del MORDAZA de San MORDAZA de MORDAZA de Yarusyacan invocando la derogada Ley Nº 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Deudor y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Teodor; en consecuencia CONFIRMAR el Acuerdo adoptado por el Concejo Distrital de San MORDAZA de MORDAZA de Yarusyacan en sesion extraordinaria de 4 de agosto de 2004, formalizado con el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0052004-MDSFA-Y-P de la misma fecha, que rechazo la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA del referido Concejo Municipal que ejerce don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maximiliano. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20874

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 305-2004-JNE
Exp. Nº 684-2004-Peticion MORDAZA, 15 de noviembre de 2004 Visto, el escrito presentado por el senor MORDAZA MORDAZA Mariani, MORDAZA del Concejo Distrital de Puerto MORDAZA, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, solicitando informacion sobre la veracidad de oficio y resolucion de declaracion de vacancia de su cargo; CONSIDERANDO: Que, el recurrente comunica haber recibido via facsimil, un oficio que contiene la resolucion que declara la vacancia de su cargo municipal, situacion que ha generado un clima de inseguridad e inestabilidad; por lo que, solicita el pronunciamiento de este organo electoral, a fin de que se determine la veracidad o falsedad del Oficio Nº 1135-2004SG/JNE, de fecha 1 de MORDAZA de 2004, el mismo que contiene la trascripcion de una resolucion signada con el numero 456-2004-JNE de 28 de junio de 2004; Que, de la revision del acervo documentario de la institucion se advierte que el Oficio Nº 1135-2004-SG/JNE de fecha 13 de MORDAZA del ano en curso, al que se hace referencia, esta dirigido al Diario Oficial El Peruano, a efecto de publicar la Resolucion Nº 090-2004JNE; adicionalmente a la fecha, el MORDAZA Nacional de Elecciones no ha emitido el numero de resolucion que se indica en la comunicacion aludida, por lo que, es de presumirse se MORDAZA adulterado el citado documento; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, en agravio del Estado y del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones, para los fines que se contrae la presente resolucion. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 20873