Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2004 (19/11/2004)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 280657

to de MORDAZA, con la finalidad de implementar el Colegio Nacional Independencia del Peru; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de la maquinaria para la industria del cuero y mecanica automotriz descritas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion, valorizada en S/. 249 998.94 (Doscientos Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Noventa y Ocho con 94/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Provincial de Caraveli, MORDAZA, con la finalidad de implementar el Colegio Nacional Independencia del Peru. Articulo 2º.- El programa de Equipamiento Basico Municipal sera responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 20960

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Dan por concluida designacion de magistrados y modifican la conformacion de la Sala Penal Nacional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 007-2004-SPPCS
MORDAZA, 18 de noviembre de 2004 VISTOS: La sumaria informacion ordenada por esta Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica respecto a lo sucedido en la audiencia publica del MORDAZA signado con el numero 177-93, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros por delito de terrorismo en agravio del Estado, a cargo del Colegiado "C" de la Sala Penal Nacional; y, CONSIDERANDO: Primero: Que corresponde a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia la supervision y control del funcionamiento de la Sala Penal Nacional, asi como la designacion de sus integrantes, de conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones Administrativas Nºs. 340CME-PJ, del 14 de marzo de 1997; 521-CME-PJ, del 19 de noviembre de 1997; 510-CME-PJ, del 28 de octubre de 1997; 097-2002-CE-PJ, del 20 de MORDAZA de 2002; y, 1702004-CE-PJ, del 17 de septiembre de 2004. Segundo: Que con motivo de lo sucedido en las sesiones de la audiencia del indicado MORDAZA signado con el numero 177-93, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros por delito de terrorismo en agravio del Estado, esta Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica solicito los correspondientes informes al Presidente de la Sala Penal Nacional y a los senores Vocales doctores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, quienes han cumplido con elevar la informacion requerida. Tercero: Que de los actuados que se tiene a la vista se advierte que las sesiones del MORDAZA en referencia se vieron impedidas de continuar por diversas incidencias relacionadas con el control de las mismas, por la inhibicion del senor Vocal MORDAZA MORDAZA y su ulterior pedido que se comprenda en la misma al senor Vocal De Vinatea Vara MORDAZA, por el planteamiento de otras solicitudes de abstencion o inhibicion, y -entre otras- por las respuestas y actitudes de los integrantes del Colegiado en relacion a las

incidencias generadas, todo lo cual debe ser necesariamente esclarecido a los fines disciplinarios correspondientes, a cuyo efecto debe remitirse todo lo actuado a la Oficina de Control de la Magistratura, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 102º y 105º de la Ley Organica del Poder Judicial. Cuarto: Que, asimismo, debe ser objeto de observacion y, en su caso, de investigacion disciplinaria, en primer lugar, la no aceptacion de la direccion de debates de dicha causa por el senor Vocal MORDAZA Suarez; y, en MORDAZA lugar, la no comunicacion a esta Sala, con caracter previo, del MORDAZA profesional de procesados por terrorismo que ejercio el senor Presidente del Colegiado "C" doctor MORDAZA MORDAZA Crispin. Quinto: Que, sin perjuicio de las acciones disciplinarias que pudieran incoarse por los hechos MORDAZA citados, respecto de los que se MORDAZA cuenta al Organo de Control de la Magistratura, compete a esta Sala Penal Permanente en su funcion de supervision y control, velar que la labor de la Sala Penal Nacional se desarrolle con arreglo a ley y preste una optima imparticion de justicia penal; que lo sucedido en las sesiones de la Audiencia evidencio objetivamente graves diferencias entre los integrantes del Colegiado y una actuacion funcional que hacen necesario su apartamiento de la Sala Penal Nacional; que, siendo asi, es del caso dar por concluida su designacion en dicho organo jurisdiccional especializado y disponer lo conveniente para evitar que otras causas se perjudiquen. Sexto: Que a lo expuesto en el considerando anterior se anade que los senores Vocales Superiores doctores MORDAZA MORDAZA y De Vinatea Vara MORDAZA han formulado renuncia a la designacion efectuada como integrantes de la Sala Penal Nacional. Por estos fundamentos; y estando a la acordado en la Sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del senor Vocal Superior Titular, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de los senores Vocales Superiores Provisionales doctores MORDAZA De Vinatea Vara MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Suarez. Articulo Segundo.- Los senores Vocales MORDAZA nombrados deberan concluir las audiencias pendientes, y daran cuenta a esta Sala Penal Permanente de su labor jurisdiccional. Concedase a los indicados magistrados un plazo de permanencia excepcional en la Sala Penal Nacional hasta el dia 17 de diciembre del ano en curso para la culminacion efectiva de su servicio judicial, a cuyo vencimiento deberan regresar indefectiblemente a las Cortes Superiores de origen. Articulo Tercero.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Administrativa Nº 008-2003-SPPCS-T-PJ, del 14 de MORDAZA de 2003, modificado a su vez por las Resoluciones Administrativas Nº 004-2004-SPPCS, del 13 de MORDAZA de 2004, y 005-2004-SPPCS, del 6 de septiembre de 2004, en cuanto a la conformacion de la Sala Penal Nacional, la que estara integrada por los siguientes senores Vocales Superiores Titulares: MORDAZA MORDAZA Talavera MORDAZA, Presidente, MORDAZA Loli MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Rivera-Schereiber, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, y por los senores Vocales Superiores Provisionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Eyzaguirre MORDAZA, MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA y Avigail Colcquicocha Manrique. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA de todo lo actuado a la Oficina de Control Interno del Poder Judicial para que proceda conforme a sus atribuciones. Articulo Quinto.- Disponer que el Presidente de la Sala Penal Nacional informe sobre el movimiento de causas pendientes y las reprogramaciones de las causas asignadas al Colegiado "C", a fin de decidir la conveniencia de nombrar otros magistrados en reemplazo de los senores Vocales cuya designacion se ha dado por concluida. Articulo Sexto.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, al Fiscal de la Nacion, al Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, al Presidente de la Sala Penal Nacional, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y del MORDAZA Norte de MORDAZA, y a los senores Vocales Superiores doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, De Vinatea Vara MORDAZA y MORDAZA, para los fines consiguientes.