Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2004 (19/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 19 de noviembre de 2004

ordenando la reincorporacion del demandante en el cargo de Fiscal Adjunto Titular a la Fiscalia Provincial Mixta de Chucuito; Que, el Juez Mixto de Chucuito - Juli, de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante oficio numero 445-2004JMCH-J-SC, de veintidos de octubre del presente ano, recibido el veintisiete del mismo mes, remite copias certificadas de las sentencias de primera y MORDAZA instancia, y las resoluciones numeros treinta y dos, y treinta y tres, respectivamente, para los efectos de su ejecucion; Que, el Pleno del Consejo en sesion de once de noviembre de dos mil cuatro, acordo declarar que el titulo de Fiscal Adjunto Titular de la Fiscalia Provincial Mixta de Chucuito del Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha recobrado vigencia; y excluir dicha plaza de la Convocatoria Nº 0012004-CNM; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el titulo de Fiscal Adjunto Titular de la Fiscalia Provincial Mixta de Chucuito del Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha recobrado vigencia. Segundo.- Excluir la plaza de Fiscalia Adjunta Provincial Mixta de Chucuito del Distrito Judicial de MORDAZA, de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM. Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la senora Fiscal de la Nacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 20841

Precisan efectos de la Res. Nº 3902004-CNM sobre ratificacion del Juez Especializado en lo Penal de Tumbes y expiden titulo
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 471-2004-CNM MORDAZA, 15 de noviembre de 2004 VISTO: La solicitud del doctor Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de 5 de octubre de 2004, para que se rectifique la resolucion Nº 390-2004-CNM; CONSIDERANDO: Que, el doctor Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante escrito de 5 de octubre de 2004, solicita se rectifique la resolucion Nº 390-2004-CNM, de 30 de setiembre del mismo ano, que dispuso su ratificacion como Juez Especializado en lo Civil de Tumbes, ya que el cargo que venia desempenando al momento de su cese, era el de Juez Especializado en lo Penal de Tumbes -anteriormente Juez de Tierras-, en el Despacho del MORDAZA Juzgado de dicha provincia; Que, el recurrente expresa que de conformidad con el Reglamento de MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion, el efecto de la ratificacion es que el Juez o Fiscal se mantenga en el cargo que venia desempenando; en consecuencia, debe disponerse la reexpedicion de su titulo como Juez Especializado en lo Penal de Tumbes y excluirse dicha plaza de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM; Que, asimismo, el 25 de octubre de 2004, el recurrente remite al Consejo Nacional de la Magistratura, MORDAZA de la resolucion administrativa Nº 037-94-CE-PJ, de 13 de MORDAZA de 1994, que dispuso la conversion del Juzgado Especializado Agrario de la Provincia de Tumbes, en MORDAZA Juzgado Especializado Civil de la misma jurisdiccion; resolucion administrativa Nº 044-CME-PJ, de 19 de febrero de 1996, que dispuso la conversion del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Tumbes, en MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de la misma

jurisdiccion; y de la resolucion administrativa Nº 229-96-A, de 22 de noviembre de 1996, que dispuso que se haga cargo de dicho Juzgado; Que, con relacion al pedido de rectificacion, deben tenerse presente los siguientes aspectos: a) El articulo IV de las Disposiciones Generales de la resolucion Nº 241-2002-CNM -Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico-, dispone como efecto de la ratificacion que "el juez o fiscal se mantiene en el cargo", en este sentido, debe entenderse que el cargo a que hace alusion la MORDAZA, es aquel que venia desempenando en condicion de titular al momento de su convocatoria al MORDAZA de evaluacion y ratificacion; y, b) Las resoluciones del Pleno del Consejo en materia de evaluacion y ratificacion, estan comprendidas dentro del supuesto previsto por el articulo 2º parte infine de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional del Consejo Nacional de la Magistratura-; en consecuencia, devienen en inimpugnables, ya que no existe recurso alguno susceptible de ser interpuesto en su contra, una vez que han causado estado; Que, en tal sentido, en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA, que culmino con la resolucion Nº 390-2004-CNM, de 30 de setiembre de 2004, se llevo a cabo en virtud de la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional, de 22 de junio de 2004, con la informacion existente hasta ese momento, advirtiendose posteriormente que el cargo que efectivamente venia desempenando el doctor Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, era el de Juez Especializado en lo Penal; Que, en tal circunstancia, el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha cumplido sus fines; por lo que, el pedido de rectificacion, que en el fondo implica un pedido de nulidad, deviene en inadmisible; no obstante, en atencion a las documentales anotadas en el MORDAZA considerando de la presente resolucion, corresponde precisar que los efectos de la resolucion Nº 390-2004-CNM, estan referidos a la ratificacion del doctor Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Juez Especializado en lo Penal de Tumbes; Que, de otro lado, como se advierte de los documentales que obran en el expediente, la plaza del doctor MORDAZA MORDAZA ha sufrido diversas modificaciones, correspondiendo su titulo original a uno de Juez de Tierras; por lo que, en atencion a los considerandos precedentes, y a los efectos de su ratificacion, debe expedirsele un MORDAZA titulo como Juez Especializado en lo Penal de Tumbes, previa cancelacion del titulo de Juez de Tierras; Que, asimismo, considerando que la ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA, afecta directamente a las plazas materia de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM, en virtud del MORDAZA de eficacia previsto por el numeral 1.10 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aplicable supletoriamente, corresponde excluirse dicha plaza del concurso actualmente en proceso; Que, estando a lo acordado, por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, por mayoria, en sesion de once de noviembre de dos mil cuatro, y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de rectificacion de la Resolucion Nº 390-2004-CNM, entendido como de nulidad, del doctor Freddy MORDAZA MORDAZA Apolo. Segundo.- Precisar los efectos de la Resolucion Nº 3902004-CNM, de 30 de setiembre de 2004, en el sentido que el doctor Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha sido ratificado como Juez Especializado en lo Penal de Tumbes. Tercero.- Cancelar el titulo de Juez de Tierras de Tumbes, otorgado a favor del doctor Freddy MORDAZA MORDAZA Apolo. Cuarto.- Expedir el titulo de Juez Especializado en lo Penal de Tumbes, a favor de doctor Freddy MORDAZA MORDAZA Apolo. Quinto.- Excluir la plaza de Juez Especializado en lo Penal de Tumbes, de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM. Sexto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 20842