Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2004 (03/12/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 2004

NORMAS LEGALES

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acredite que la sala de juegos entro en funcionamiento con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley; Que, al MORDAZA de lo establecido en el numeral 3 del articulo 75º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", corresponde que la Administracion encause de oficio el procedimiento y tramite la presente solicitud como una de adecuacion a la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796; Que, la solicitante adjunta MORDAZA del contrato de compraventa de maquinas tragamonedas celebrado el 02.07.1997 con la empresa International Game Technology S.R.L., un addendum al contrato del 20 de MORDAZA de 1998 suscrito con la mencionada empresa el 18.05.1998 en la que adquiere 28 maquinas tragamonedas, un Contrato de Arrendamiento de fecha 11.08.1998 suscrito entre la solicitante y los propietarios del inmueble ubicado en la esquina de la Av. Brasil Nº 1601-1607 y Husares de MORDAZA Nº 100-112, distrito de MORDAZA MORDAZA y departamento de MORDAZA, con lo que acredita que estuvo explotando maquinas tragamonedas en la Sala de Juegos: "Copacabana" MORDAZA de la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153, razon por la que le resulta aplicable la excepcion MORDAZA indicada a la observancia de la distancia minima prevista en el articulo 5º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796; Que, segun consta en el Informe Tecnico Nº 0922003-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCS-JRAV, la sala de juegos del solicitante cumple con las normas tecnicas de funcionamiento, encontrandose las maquinas tragamonedas y memorias de solo lectura contenidas en los Anexos I y II de la presente resolucion autorizadas y registradas (homologadas) por la Direccion Nacional de Turismo; Que, asimismo, la solicitante cumple con adjuntar MORDAZA del Certificado en Seguridad en Defensa Civil Nº 0631-INDECI-SDRDC, expedido por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), en el que como consecuencia de la inspeccion tecnica a detalle, se deja MORDAZA que la sala de juegos cumple con las condiciones de seguridad exigibles a este MORDAZA de establecimientos; Que, de otro lado, adjunta MORDAZA de la Licencia Municipal de Funcionamiento Nº 0002006 (Expediente Nº 4752-1999), otorgada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA por el giro principal de Bingo actividades de esparcirmiento, asi como MORDAZA de la Declaracion Jurada de permanencia en el giro correspondiente al ano 2004; Que, de la evaluacion de la solvencia economica e idoneidad moral del solicitante y de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decision, contenida en el Informe Financiero Nº 006-2004-MINCETUR/VMT/ DNT/DJCMT/CADTN-HFKC, se advierte que la empresa y las personas MORDAZA indicadas, segun corresponda, cumplen con los criterios de evaluacion establecidos en la Ley, el Reglamento y la Directiva Nº 004-2003-MINCETUR/VMT/DNT; Que, en observancia de lo establecido en los articulos 19º y siguientes de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, la solicitante ha cumplido con otorgar garantia por las obligaciones y sanciones derivadas de su aplicacion y en resguardo de los derechos de los usuarios y el Estado, la misma que se encuentra constituida por la Poliza de Garantia Nº J0090-00-2004 otorgada por la Compania de Seguros de Credito y Garantias SECREX; Que, en aplicacion de los Principios de Presuncion de Veracidad y de Privilegio de Controles Posteriores regulado en los numerales 1.7 y 1.16 del articulo IV de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", se presume la veracidad de la documentacion y/o informacion presentada, no obstante, la Administracion en ejercicio de su facultad de fiscalizacion prevista en el articulo 24º de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley Nº 27796, se reserva el derecho de verificar su autenticidad y aplicar de ser el caso la sancion administrativa correspondiente; De conformidad con las Leyes Nºs. 27153, 27796 y 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" y el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,

estando a lo opinado en los Informes Financiero Nº 006-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/CADTNHFKC, Tecnico Nº 092-2003-MINCETUR/VMT/DNTDJCMT-SDFCS-JRAV, y Legal Nº 641-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa International Capital Corporation S.A., la explotacion de maquinas tragamonedas en la Sala de Juegos: "Copacabana", ubicada en la Av. Husares de MORDAZA Nº 100-108-112118, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion, por un plazo que vencera indefectiblemente el 31 de diciembre del 2005, tiempo en el cual debera cumplir con adecuarse a las disposiciones contenidas en el citado cuerpo legal. Articulo 2º.- De conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27796, a partir del 1 de enero del 2006 la Administracion procedera a clausurar los establecimientos que no hayan cumplido con adecuarse a la legislacion que regula la explotacion de maquinas tragamonedas en el pais. Articulo 3º.- La presente autorizacion faculta a la empresa la explotacion de doscientas veintisiete (227) maquinas tragamonedas y dos mil doscientos dieciseis (2216) memorias de solo lectura, segun detalle contenido en los ANEXOS I y II que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 4º.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 24º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27996, y en concordancia con el MORDAZA de Privilegio de Controles Posteriores regulado en el numeral 1.16 del articulo IV de la Ley Nº 27444, la Direccion Nacional de Turismo en ejercicio de su facultad de fiscalizacion, se reserva el derecho de verificar la informacion y/o documentacion presentada por la solicitante asi como establecer las sanciones o iniciar las acciones legales que resulten aplicables ante cualquier discrepancia con la realidad de los hechos. Articulo 5º.- En observancia de lo previsto en la Tercera Disposicion Final de la Directiva Nº 004-2003MINCETUR/VMT/DNT "Evaluacion financiera y de solvencia economica de las empresas que explotan juegos de casino y maquinas tragamonedas asi como de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decision", remitase a la Unidad de Inteligencia Financiera adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros la informacion y/o documentacion financiera relacionada con el solicitante y las personas naturales que han sido objeto de evaluacion, para los fines a que se contrae la disposicion MORDAZA indicada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 21819

DEFENSA
Amplian autorizacion de permanencia de Tecnico Supervisor en el extranjero para prestar servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en MORDAZA y concurrente en Uruguay
RESOLUCION SUPREMA Nº 517-2004-DE/MGP MORDAZA, 30 de noviembre de 2004 Visto el Oficio P.500-0995 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 13 de MORDAZA del 2004.