Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2002 (31/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 31 de octubre de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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chos bienes, de acuerdo a la Resolucion Nº 292-2001/SBN que aprueba la directiva para la entrega de informacion de bienes inmuebles de propiedad estatal. Sistema de Informacion Catastral Uno de los aspectos mas resaltantes de un Estado moderno es el de contar con un eficiente sistema juridico y administrativo que permita llevar el registro, control y administracion de los bienes no solo los correspondientes al patrimonio estatal de bienes de dominio publico y privado del Estado sino al de todos los comprendidos dentro del territorio nacional, donde se pueda establecer los aspectos relacionados con la ubicacion fisica, el derecho, actos juridicos y transacciones entre los agentes economicos en torno a la propiedad. Todo ello bajo un Sistema de Informacion Catastral centralizado, multifuncional y transparente con una base geografica referenciada unica, con informacion real y confiable del territorio del MORDAZA a fin que los usuarios entidades publicas y privados tengan acceso a la informacion de las transacciones de bienes inmuebles. La Superintendencia de Bienes Nacionales, conjuntamente con el Ministerio de Economia y Finanzas, ha venido participando activamente en la "Comision Multisectorial del Sistema Nacional Integrado de Catastro y del Registro de Derechos de Propiedad". Actos de Incorporacion y Disposicion de predios al dominio privado del Estado Se lleva a cabo diferentes acciones conducentes a la incorporacion de predios al dominio privado del Estado tales como primeras inscripciones de dominio, desafectaciones y reversion que estaran incluidas en el Sistema de Bienes Nacionales. Asimismo, la SBN lleva a cabo actos de disposicion como son las afectaciones en uso de la propiedad a entidades publicas asi como aquellas instituciones que cuenten con proyectos viables que MORDAZA de interes publico y que coadyuven al Estado en el cumplimiento de sus funciones. Se da especial enfasis a que los terrenos de libre disponibilidad que el Estado no utiliza por falta de recursos MORDAZA destinados a usos especificos. Aspectos relacionados con los nuevos Gobiernos Regionales Se esta llevando a cabo las acciones tendientes a que las Regiones puedan llevar a cabo los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, disposicion y administracion de los bienes nacionales a su cargo asi como los actos de cautela y defensa de conformidad con las disposiciones legales correspondientes, al Sistema de Bienes Nacionales. Los activos de los Gobiernos Regionales, en materia de propiedad estatal, son aquellos inscritos en las Oficinas Registrales de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos e incorporados a los Estados Financieros y Contables de los Consejos Transitorios de Administracion Regional -CTAR, al 31 de diciembre de 2002, los cuales seran transferidos a los Gobiernos Regionales en virtud de la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion. El ordenamiento y saneamiento de los activos, pasivos y patrimonio estara a cargo de la CTAR y del respectivo Gobierno Regional en su oportunidad para lo cual la Superintendencia de Bienes Nacionales les brindara el apoyo correspondiente. 19238

Que, por Decreto de Urgencia Nº 041-99, modificado por Decreto de Urgencia Nº 043-99, se autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas, representado por el Banco de la Nacion, a adquirir activos de las empresas del sistema financiero, los cuales podian ser transferidos en cobranza a la Comision Administradora de Carteras, constituida por el Decreto de Urgencia Nº 032-95, en fideicomiso a una empresa del sistema financiero; Que, por Resolucion Ministerial Nº 409-2002-EF/10, se amplio hasta el 31.10.2002, el plazo a que se refiere el literal b) del articulo 5º del Reglamento Operativo del Decreto de Urgencia Nº 041-99, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 152-99-EF/10, para la entrega por parte del Banco MORDAZA en Liquidacion de toda la documentacion original acreditativa de los activos adquiridos por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el plazo otorgado conforme a la Resolucion Ministerial Nº 409-2002-EF/10, el cual ha resultado insuficiente y solicita se conceda una prorroga para que su representado pueda cumplir con hacer entrega de toda la documentacion original de constitucion, sustento y soporte de los activos transferidos y de los pasivos entregados, incluyendo sus garantias y demas documentos relacionados; De conformidad con el articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 041-99, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 043-99; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Prorrogase hasta el 31.3.2003, el plazo senalado en el literal b) del articulo 5º del Reglamento Operativo del Decreto de Urgencia Nº 041-99, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 152-99-EF/10. Los instrumentos que se hayan celebrado al MORDAZA del mencionado Reglamento Operativo deberan adecuarse al MORDAZA plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 19243

EDUCACION
Disponen eleccion de representantes de los Centros Educativos Secundarios e Institutos Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados ante el Consejo de Participacion de la Juventud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1084-2002-ED MORDAZA, 16 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 27802 se crea el Consejo Nacional de la Juventud, cuyo objetivo es establecer el MORDAZA normativo e institucional que oriente las acciones del Estado y de la sociedad en materia de politica juvenil, que permita impulsar las condiciones de participacion y representacion democratica de los jovenes, orientados a la promocion y desarrollo integral de la juventud; Que los articulos 17º y 18º de la Ley Nº 27802, preceptuan que el Consejo de Participacion de la Juventud, estara conformado, entre otros, por los jovenes representantes de los Centros Educativos Secundarios e Instituto Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados; Que es competencia del Ministerio de Educacion, garantizar la eleccion democratica de los representantes de los Centros Educativos Secundarios e Instituto Superiores Tecnologicos y Pedagogicos Publicos y Privados, ante el Consejo de Participacion de la Juventud; y,

Prorrogan plazo a que se refiere el literal b) del articulo 5º del Reglamento Operativo del D.U. Nº 041-99, para la entrega de documentos requeridos al Banco MORDAZA en Liquidacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 439-2002-EF/10 MORDAZA, 30 de octubre de 2002