Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2020 (06/09/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 6
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NORMAS LEGALES
Domingo 6 de setiembre de 2020 /
El Peruano
bioestratigráfico. Bienes de estos taxones, poseen una abundancia relativa poco común, figurando en estudios de carácter morfológico, taxonómico, de biodiversidad, bioestratigráfico y biogeográfico, tanto a nivel nacional como internacional; Que, además, los bienes referidos tienen significado social al tratarse de bienes recuperados, siendo elementos con potencial para su puesta en valor en museos de historia natural o salas de exposiciones, enriqueciendo y reforzando la identidad de la población local con la historia natural de su región, al ser los fósiles la única evidencia actual de organismos marinos que habitaron departamentos de la sierra central y norte del territorio nacional; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de trece (13) bienes muebles paleontológicos como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección General de Museos; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Reglamento de la Ley Nº 28296, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED y modificatorias y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a trece (13) bienes muebles prehispánicos, paleontológicos, que se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales Anexo
Nº Nº Inscripción Denominación Reino Propietario Imagen
5
0000368920 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
6
0000368919 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
7
0000368918 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
8
0000368917 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
9
0000368916 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
10 0000368915 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
11 0000368914 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
12 0000368913 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
1
0000368924 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
13 0000368912 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
1882420-1
2 0000368923 Ammonite Animalia Ministerio de Cultura
3
0000368922 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
Determinan la Protección Provisional del Monumento Arqueológico Prehispánico "Camino Red Vial Secundario Tramo Pachatacsana - Fundo Chillioroya", ubicado en el distrito de Velille, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000246-2020-DGPA-MC San Borja, 2 de septiembre del 2020
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0000368921 Ammonite Animalia
Ministerio de Cultura
Vistos, el Informe de Inspección Nº 000097-2020-CZSPCH-DDC CUS/MC, en razón del cual la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco sustenta la propuesta para la determinación de la protección provisional del Monumento Arqueológico Prehispánico