Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2020 (06/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 6 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES R.A. Nº 115-2020-A/MM.Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad 93 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza Nº 571-MPL.- Ordenanza que establece un nuevo régimen especial de beneficios tributarios y no tributarios 93 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Nº 435-MVES.- Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES 96

D.A. Nº 008-2020-AC/MVES.- Modifican horario de atención al público señalado en el D.A. Nº 006-2020ALC/MVES, en el Mercado Mayorista, Mercado Minorista y Espacios Temporales Habilitados para el Comercio de Alimentos 98

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA D.A. Nº 007-2020-MDLP.- Rectifican error material incurrido en la Ordenanza N° 012-2019-MDLP 99

SEPARATA ESPECIAL
MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES D.S. N° 004-2020-MIMP.- Texto Único Ordenado de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar Que, el artículo 2 de los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados establece que estos son de aplicación a las autoridades sectoriales que tienen competencias para regular la normatividad de alcance nacional respecto de las actividades productivas, extractivas o de servicios, bajo el ámbito de su competencia, cuyo desarrollo puede generar sitios contaminados; estableciéndose a través de la Primera Disposición Complementaria Final de dichos Criterios, que corresponde a las autoridades sectoriales competentes, emitir la regulación específica para la gestión de sitios contaminados, de acuerdo a la naturaleza de las actividades bajo su competencia; Que, en virtud de dichas disposiciones, la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, a través del Memorando de Vistos, ha propuesto el proyecto de Reglamento de Sitios Contaminados para el Sector Agricultura y Riego y su respectiva exposición de motivos, solicitando su difusión como fase previa a su aprobación; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que reglamenta las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio; Que, dada la importancia del proyecto de reglamento que se propone aprobar, es necesario disponer su publicación, con el objeto de recibirse comentarios, observaciones y sugerencias; Con el visado del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego; de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1. Disponer la publicación del proyecto de Reglamento de Sitios Contaminados para el Sector Agricultura y Riego, del proyecto de decreto supremo que lo aprueba y su respectiva Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de Agricultura y Riego MINAGRI (www.gob.pe/minagri); así como la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Sitios Contaminados para el Sector Agricultura y Riego, del proyecto de decreto supremo que lo aprueba y su respectiva exposición de motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2020-MINAGRI Lima, 1 de septiembre de 2020 VISTOS: El Memorando N° 0493-2020-MINAGRI-DVDIARDGAAA, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, sobre difusión del proyecto de Reglamento de Sitios Contaminados para el Sector Agricultura y Riego, el Informe Legal N° 836-2020-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones, el ámbito de competencia del Ministerio de Agricultura y Riego comprende las tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; recursos forestales y su aprovechamiento; flora y fauna; recursos hídricos; infraestructura agraria; riego y utilización de agua para uso agrario; cultivos y crianzas; sanidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; Que, el numeral 5.2.1 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo N° 997, establece entre las funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, la de aprobar las disposiciones normativas de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, se aprobó los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados generados por actividades antrópicas, los cuales comprenden aspectos de evaluación y remediación, a ser regulados por las autoridades sectoriales competentes, con la finalidad de proteger la salud de las personas y el ambiente;