Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2020 (11/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de noviembre de 2020 /

El Peruano

Autorizan a Financiera Qapaq S.A. la apertura de agencias en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 02609-2020 Lima, 22 de octubre de 2020 LA INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: Las solicitudes presentadas por Financiera Qapaq S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de 2 agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, en sesiones de Directorio de fechas 30.07.2020 y 20.08.2020, se acordó aprobar las referidas aperturas de agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento 11º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera Qapaq S.A. la apertura de 2 agencias, conforme al siguiente detalle:
Solicitud Tipo de Oficina Dirección Avenida Larco Nº 868 Distrito Provincia Departamento Miraflores Lima Lima

Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783/ Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA; SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LAS HERRAMIENTAS DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN LA REGIÓN AREQUIPA Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento de Supervisión Ambiental de la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Arequipa, con sus anexos: Anexo A - Modelo del Plan de Supervisión, Anexo B - Modelo de Acta de Supervisión y Anexo C - Modelo del Informe de Supervisión Ambiental, que forman parte integrante de la misma. Artículo 2°.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Ordenamiento Territorial y a la Autoridad Regional Ambiental ­ ARMA la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficio "El Peruano" y en el diario de Avisos Judiciales de la región, así como en la página web del Gobierno Regional de Arequipa, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del D.S. N° 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los seis días del mes de octubre del 2020. T. WUILE AYÑAYANQUE ROSAS Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO:

Apertura Agencia

Avenida Primavera Nº 120, dpto. T Santiago Apertura Agencia A-18, Urbanización de Surco Tambo de Monterrico

Lima

Lima

Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los cinco días del mes de noviembre del dos mil veinte. ELMER CACERES LLICA Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa 1901277-1

Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CARMEN CÓRDOVA LUNA Intendente General de Microfinanzas 1897051-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Aprueban Reglamento de Supervisión Ambiental de la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Arequipa
ORDENANZA REGIONAL Nº 430-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Aprueban Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador en Materia Ambiental de la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Arequipa
ORDENANZA REGIONAL Nº 431-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y