Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2020 (11/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
10.3 Las sanciones aplicables por la transgresión del presente Código no exime de las responsabilidades administrativas, civiles y penales establecidas en la normatividad. Artículo 6.- Principios de la Función Pública El servidor público actúa de acuerdo a los siguientes principios: 1. Respeto Adecua su conducta hacia el respeto de la Constitución y las Leyes, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento. [...] 8. Lealtad al Estado de Derecho El funcionario de confianza debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho. Ocupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e inmediato de la función pública. g) Derógase los artículos 4, los Títulos I, II, III y IV del Decreto Supremo 033-2005-PCM que aprueba el Reglamento del Código de Ética de la Función Pública. Conforme se expone en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 1670-2003-AA/TC. Véase el punto "I. Objeto de la petición" de la solicitud de suspensión. Véase el punto referido al respeto a los principios de respeto y lealtad al Estado de Derecho del recurso de apelación.

Miércoles 11 de noviembre de 2020 /

El Peruano

De la contratación de Natividad Arotaype Ancalla d) Natividad Arotaype Ancalla (hoy Natividad Arotaype de Llamocca) laboró un total de 31 días como personal de limpieza en los centros poblados del Distrito de Santo Tomás y en la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, según planilla de racionamiento del personal de limpieza pública del Centro Poblado (Pulpera, Condes, Esquina, Allhuacchuyo), y Distrito de Santo Tomás. e) Natividad Arotaype de Llamocca tiene un vínculo de parentesco de tercer grado de consanguinidad con la referida regidora, al ser tía materna de la misma. f) Mediante la declaración jurada de fecha 5 de febrero de 2020, Natividad Arotaype de Llamocca declaró que "[...] mi persona ha venido trabajando en parques y jardines de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas de la fecha 1 de enero de 2020; por la recomendación de mi sobrina legítima Nadia Liz Pallo Arotaipe [...]". Se adjuntó: - Acta de Nacimiento N° 189, de Susana Arotaipe, donde se registró como padres a Tomás Arotaipe y María Rosa Ancalla. - Acta de Nacimiento N° 529, de Natividad Arotaype Ancalla, donde se registró como padres a Tomás Arotaype Alccahuamán y María Rosa Ancalla Quispesivana. - Acta de Nacimiento N° 115, de Nadia Liz Pallo Arotaipe, donde se registró como padres a Arístides Pallo Patiño y Susana Arotaipe Ancalla. - Acta de Nacimiento N° 010096, de Analí Llamocca Arotaype, donde se registró como padres a Moisés Llamocca Quispe y Natividad Arotaype Ancalla. - Acta de Matrimonio N° 14, donde se registró como contrayentes del matrimonio a Moisés Llamocca Quispe ­hijo de Patricio Llamocca y Tomasa Quispe Baca­ y Natividad Arotaype Ancalla ­hija de Tomás Arotaype y María Rosa Ancalla­. - Planilla de racionamiento del personal de limpieza pública del Centro Poblado (Pulpera, Condes, Esquina, Allhuacchuyo) y Distrito de Santo Tomás, correspondiente al mes de enero del año 2020, donde se registró a Natividad Arotaype de Llamocca, identificada con DNI N° 40789137, en el cargo de limpieza pública, con un total de 31 días laborados, y por el monto de S/ 930.00. - Detalle de la Carta Orden Electrónica 084, de fecha 8 de febrero de 2020, correspondiente al Pliego 01: Municipalidad Provincial de Chumbivilcas­Santo Tomás (300732). - Tareo del personal de Parques y Jardines del Distrito de Santo Tomás del mes de Noviembre 2019, donde se registró a Analí Llamocca Arotaype, identificada con DNI N° 75226335, con un total de 11 días laborados, con fecha de ingreso 1 de noviembre de 2019. - Memorándum N° 354-2019-A-MPCH/C, de fecha 8 de noviembre de 2019, por el que el alcalde remitió al gerente municipal de la comuna la Carta N° 056-2019-R-NLPAMPCH/C, presentado por la regidora Nadia Liz Pallo Arotaipe, mediante la cual pone de conocimiento que su prima hermana vendría laborando como personal de parques y jardines. - Informe N° 301-2019/MAQ-DLPPYJ-MPCH, de fecha 24 de diciembre de 2019, por el que Maribel Araujo Quispe, jefa de la División de Limpieza Pública, Parques y Jardines, señaló que "[...] la propia regidora Nadia Liz Pallo Arotaipe recomendó a la señorita Analí Llamoca Arotaype para que puede trabajar en los parques y jardines en la fecha del 01 de noviembre de 2019 [...]". - Declaración jurada de fecha 5 de febrero de 2020, de Natividad Arotaype, en la que declaró haber trabajado en parques y jardines de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas por la recomendación de su sobrina legítima Nadia Liz Pallo Arotaipe. Descargos de la regidora cuestionada El 30 de julio de 2020, la regidora Nadia Liz Pallo Arotaipe presentó sus descargos, bajo los siguientes argumentos:

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1901680-1

Confirman Acuerdo de Concejo que declaró infundada solicitud de vacancia presentada contra regidora del Concejo Provincial de Chumbivilcas, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN N° 0372-2020-JNE Expediente N° JNE.2020029334 CHUMBIVILCAS­CUSCO VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintidós de octubre de dos mil veinte VISTO, en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Nely Paucar Uracahua en contra del Acuerdo de Concejo N° 036-2020-CM-MPCH-C, de fecha 30 de julio de 2020, que declaró infundada la solicitud de vacancia presentada en contra de Nadia Liz Pallo Arotaipe, regidora del Concejo Provincial de Chumbivilcas, departamento de Cusco, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia El 17 de junio de 2020, Nely Paucar Uracahua solicitó la vacancia de Nadia Liz Pallo Arotaipe, regidora del Concejo Provincial de Chumbivilcas, departamento de Cusco, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Al respecto, sostuvo que: De la contratación de Analí Llamocca Arotaype a) Analí Llamocca Arotaype laboró como personal del área de parques y jardines de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas por un total de 11 días, durante el mes de noviembre de 2019, según aparece del tareo del personal de parques y jardines del Distrito de Santo Tomás. b) Analí Llamocca Arotaype tiene un vínculo de parentesco de cuarto grado de consanguinidad con la regidora Nadia Liz Pallo Arotaipe, al ser primas hermanas. c) Mediante el Informe N° 301-2019/MAQ-DLPPYJMPCH, de fecha 24 de diciembre de 2019, Maribel Araujo Quispe, jefa de la División de Limpieza Pública, Parques y Jardines, indicó: "[...] la propia regidora Nadia Liz Pallo Arotaipe recomendó a la señorita Analí Llamocca Arotaipe para que pueda trabajar en los parques y jardines en la fecha del 01 de noviembre de 2019 [...]".