Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2020 (11/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Miércoles 11 de noviembre de 2020

NORMAS LEGALES

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Perú, entidades cooperantes de gobierno extranjero, copropietarios o la conjunción de cualquiera de ellas; Que, a través de la Directiva Nº 002-2020-MML-GP - "Normas y procedimientos para tramitar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima", aprobada mediante Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana Nº 026-2020-MML/GMM, de fecha 10 de febrero de 2020 y rectificada con Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana Nº 036-2020-MML/GMM, de fecha 03 de marzo de 2020, se detalla el procedimiento y los documentos que se deben recabar para la aceptación de donaciones por el Concejo Metropolitano. En ese sentido, el numeral 5.1 de la acotada Directiva precisa que, por la donación, el donante se obliga a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien o un servicio; así también, el literal a) del numeral 6.1.3 de la referida Directiva, denomina bienes especiales a aquellos que, por su naturaleza y/o destino, deben ser recibidos por el órgano beneficiario en forma inmediata. Por lo que, posterior a su recepción, se inicia el trámite de aceptación de donaciones; Que, además el numeral 6.4.1 de la citada Directiva establece que, para las donaciones de bienes provenientes del exterior, el donante podrá expresar su voluntad de donar por cualquier medio de comunicación tecnológico, adjuntando, entre otros, el documento que acredite la titularidad del bien y su valor. De igual modo, los literales c) y f) del numeral 6.4.2 de la acotada Directiva, indica que, tratándose de donaciones iguales o mayores a 01 UIT, su aprobación será mediante Acuerdo de Concejo y la Secretaría General del Concejo, en el término de treinta (30) días calendario de aprobada la donación, remite el reporte de donación de bienes provenientes del exterior a la Contraloría General de la República; Que, el numeral 5.5.3 de la mencionada Directiva, señala que en los casos que las donaciones sean iguales o mayores a 05 UIT, la Secretaría General del Concejo, dispondrá la publicación del Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano", con cargo a los Centros de Costo de los Órganos beneficiarios para que asuman el costo de dicha publicación; Que, con Carta S/N, de fecha 17 de abril de 2020, el Alcalde Interino de Shanghai, expresa al Alcalde Metropolitano de Lima, sus deseos de fortalecer los lazos de cooperación con Lima, compartiendo las experiencias en el control, prevención y tratamiento de la epidemia, para enfrentarse de manera conjunta al desafío epidémico causado por el COVID-19. En ese sentido, posteriormente efectuó una donación de cinco mil cien (5,100) unidades de Mascarillas N95, valorizadas en S/ 23,271.30 (Veintitrés Mil Doscientos Setenta y Uno con 30/100 Soles) a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, tal como se aprecia en el Acta de Entrega de Donaciones, para el beneficio de las necesidades de la población a efectos de enfrentar la expansión del COVID-19, debido al Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación; Que, con Memorando N° 388-2020-MML-GP, de fecha 17 de setiembre de 2020, la Gerencia de Planificación, remite el Informe N° 159-2020-MML-GP-SCTI, de fecha 17 de setiembre de 2020, de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional, el cual señala que mediante Informe Técnico N° 004-2020-MML-GA-SP, de fecha 08 de setiembre de 2020, la Subgerencia de Personal de la Gerencia de Administración, recomienda continuar con los actuados para su respectiva evaluación, así como, para proseguir con los trámites respectivos del acto administrativo de aceptación de la donación de las cinco mil cien (5,100) unidades de Mascarillas N95 donadas por el Gobierno Municipal de Shanghai, de la República Popular China, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo, concluye que la donación acotada cumple con los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 002-2020-MML-GP antes mencionada; Que, a través del Informe N° 564-2020-MML-GAJ, de fecha 23 de setiembre de 2020, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros que, resulta conforme a la normativa vigente, aceptar mediante Acuerdo de Concejo, la donación de las cinco mil cien (5,100) unidades de Mascarillas N95, por parte del Gobierno Municipal de

Shanghai, de la República Popular China, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y Asuntos Legales, en sus Dictámenes Nros. 074-2020-MML/CMAEO y 080-2020-MML-CMAL, de fechas 16 y 26 de octubre de 2020, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo 1.- Aceptar la donación de las cinco mil cien (5,100) unidades de Mascarillas N95 del Gobierno Municipal de Shanghai, de la República Popular China, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por un valor estimado de S/. 23,271.30 (Veintitrés Mil Doscientos Setenta y Uno con 30/100 Soles), por las consideraciones expuestas en el presente Acuerdo. Artículo 2.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, remitir el reporte de donación de bienes provenientes del exterior a la Contraloría General de la República, en el término de treinta (30) días calendario desde la aprobación del presente Acuerdo. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 4.- Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1901492-2

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Ordenanza que declara el reconocimiento del Primer Árbol Patrimonial "Cedro Chabuca Granda", ubicado en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima
ORDENANZA Nº 555/MM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO: EL CONCEJO DE MIRAFLORES; VISTO, en Sesión Ordinaria Virtual de Concejo de fecha 28 de octubre de 2020, el Dictamen N° 075-2020/ MM de fecha 21 de octubre de 2020 de la Sesión Conjunta de la Comisión de Asuntos Jurídicos y de Desarrollo Urbano, Transporte y Medio Ambiente; el Informe N° 125-2020-SGLPAV-GOSP/MM de fecha 02 de setiembre de 2020, de la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes; el Memorando N° 262-2020-SGLPAV-GOSP/MM de fecha 02 de setiembre de 2020, de la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes; el Informe N° 004-2020-FDVC-SGLPAV-GOSP-MM de fecha 07 de setiembre de 2020, de la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes; el Memorando N° 303-2020-GCT/ MM de fecha 14 de setiembre de 2020, de la Gerencia de Cultura y Turismo; el Memorando N° 218-2020-SGDAGDUMA/MM de fecha 15 de setiembre de 2020, de la Subgerencia de Desarrollo Ambiental; el Informe N° 136-2020-SGLPAV-GOSP/MM de fecha 15 de setiembre