Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2020 (11/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 11 de noviembre de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica G.040 - Definiciones, contenida en el Título I Generalidades del RNE, a fin de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice y la Estructura del Reglamento Nacional de Edificaciones; el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba 66 Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones; el Decreto Supremo Nº 005-2014-VIVIENDA, que modifica el Reglamento Nacional e Edificaciones; y, el Decreto Supremo Nº 0012009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modificación de la Norma Técnica G.040 - Definiciones contenida en el Título I Generalidades del RNE, en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Consolidación de Información Encárguese a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de las observaciones, comentarios y/o aportes que se presenten respecto del proyecto citado en el artículo precedente, que se recibirán a través del portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, (www.gob.pe/vivienda), en el link "Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Norma Técnica G.040 ­ Definiciones contenida en el Título I Generalidades del Reglamento Nacional de Edificaciones". Artículo 3.- Encargo de publicación Encárguese a la Oficina General de Estadísticas e Informática la publicación de la presente Resolución Ministerial y del proyecto de norma a que se refiere el artículo 1 en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución MInisterial en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1901856-1

Aprueban 4 Fichas de Homologación del Servicio para la Elaboración del Informe Técnico Financiero de una obra paralizada de Saneamiento Urbano de Tipo A, B, C y D
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 279-2020-VIVIENDA Lima, 9 de noviembre de 2020 VISTOS; Los Informes Nº 167-2020/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0, y Nº 207-2020/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; los Oficios Nº 136-2020-VIVIENDAVMCS/DGPRCS, y Nº 150-2020-VIVIENDA/VMCSDGPRCS, y el Informe Nº 225-2020-VIVIENDA/VMCSDGPRCS, del Director General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y el Oficio Nº 000457-2020-PERÚ COMPRAS-PERÚ COMPRAS, del Jefe de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS), concordante con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, el MVCS es el Ente rector en materia de saneamiento, y como tal le corresponde, entre otros, aprobar la normativa sectorial correspondiente; Que, el párrafo 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0822019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - Perú Compras (en adelante, Perú Compras); una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, el párrafo 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF (en adelante, Reglamento de la Ley Nº 30225), prescribe que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por Perú Compras; Que, asimismo, el párrafo 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley Nº 30225, establece que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca Perú Compras; dichos actos cuentan con la opinión favorable de Perú Compras y se publican en el Diario Oficial "El Peruano"; la facultad del Titular a que se refiere este párrafo es indelegable; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0692020-PERÚ COMPRAS, publicada el 16 de julio de 2020, se aprueba la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada "Proceso de Homologación de Requerimientos" (en adelante, Directiva Nº 006-2020PERÚ COMPRAS); Que, mediante el Oficio Nº 136-2020-VIVIENDAVMCS/DGPRCS, de fecha 18 de agosto de 2020, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, traslada a Perú Compras, entre otros, el Informe Nº 167-2020/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0, de la Dirección Ejecutiva del Programa