Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2020 (21/07/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 23
El Peruano / Martes 21 de julio de 2020
NORMAS LEGALES
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2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, está excluido de las reglas señaladas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo; por tanto, para su contratación no es necesaria la realización de un concurso, siempre que la plaza a ocupar esté contenida en el CAP Provisional o Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) según sea el caso. Que, a fin de cubrir el cargo N° 005 de Asesor de la Presidencia Ejecutiva se ha considerado conveniente la contratación de un profesional bajo la modalidad de contrato administrativo de servicios, para lo cual se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente de acuerdo con el Informe N° 058-2020-SUNASS-OPPMUPP de vistos, emitido por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. Que, asimismo a través del Informe N° 045-2020-SUNASS-OAF-URH de vistos, la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, señala que el señor Jorge Carlos Pastor Ballón cumple con el perfil exigido en el clasificador de cargos para desempeñar el cargo de Asesor de la Presidencia Ejecutiva de la SUNASS; precisando que no es necesaria la realización de un concurso público. Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios públicos en cargos de confianza, distintos a los comprendidos en su artículo 1, se efectúa mediante resolución del respectivo titular de la entidad. En uso de la facultad conferida en la Ley N° 27594 y en el inciso el inciso g) del artículo 56 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM y el inciso h) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo N° 145-2019-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR a partir de la fecha de publicación de la presente resolución al señor JORGE CARLOS PASTOR BALLÓN en el cargo N° 005 de Asesor de la Presidencia Ejecutiva de la SUNASS. Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN LUCICH LARRAURI Presidente Ejecutivo 1872180-1
VISTOS: El Informe TécnicoLegal Nº 024-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 057-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación TecnológicaFONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Decreto Legislativo N° 1473, Decreto Legislativo que establece disposiciones especiales que regulan las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero 067-2020-01 denominado "Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19", publicado en el Diario Oficial El Peruano el 3 de mayo de 2020, autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2020, al CONCYTEC a realizar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, incluidas las universidades públicas, u otorgar subvenciones a favor de universidades privadas para el cofinanciamiento de programas o proyectos que resulten ganadores de la Convocatoria del Esquema Financiero E067-202001 denominado "Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19" y sus modalidades, siendo una de estas el Esquema Financiero E067-2020-02 denominado "Proyectos Especiales: Modalidad Necesidades Emergentes al COVID-19"; Que, asimismo, dicho Decreto Legislativo dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del/la Titular del Pliego CONCYTEC, previo informe de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, de la Oficina de Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica o las que hagan sus veces en el Pliego, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano y se realizan sin contar con la previa suscripción del convenio respectivo entre el FONDECYT y las entidades públicas o universidades privadas, debiendo suscribirse los convenios correspondientes en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario posteriores a la culminación del Estado de Emergencia Nacional establecido mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y las normas que lo prorrogan, o un (1) mes antes de que concluya el programa o proyecto de investigación que se cofinancia lo que ocurra primero; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTECOGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", en adelante la Directiva, modificada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P de fecha 21 de mayo de 2019 y 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020; Que, el numeral 7.2 de la Directiva, modificado a través del Artículo 1 de la Resolución de Presidencia Nº 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020, establece en la Segunda Disposición Complementaria Final un procedimiento para la ejecución de las transferencias
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencia financiera a favor de entidad pública y el otorgamiento de subvenciones a universidades privadas, en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero 067-2020-01 denominado "Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 071-2020-CONCYTEC-P Lima, 20 de julio de 2020