Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2020 (30/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 30 de agosto de 2020

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor José Alex Fiestas Ramírez, en el cargo de Director de la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1880800-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan la aprobación de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000068-2020-SERVIR-PE Lima, 27 de agosto de 2020 Visto, los Informes Nº 000017 y 000018-2020-SERVIR/ GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado; estableciendo el artículo 5 del mencionado dispositivo que la gestión del rendimiento, entre otros, constituye o forma parte del referido Sistema; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1023, establece que la evaluación del desempeño es el proceso obligatorio, integral, sistemático y continuo de apreciación objetiva y demostrable del conjunto de actividades, aptitudes y rendimiento del personal al servicio del Estado en cumplimiento de sus metas, que llevan a cabo obligatoriamente las entidades, en la forma y condiciones que se señalan en la normatividad; correspondiendo al nivel nacional de gobierno promover el desarrollo de sistemas de gestión que permitan determinar indicadores objetivos para la evaluación de desempeño; Que, el artículo 19 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que la gestión del rendimiento comprende el proceso de evaluación de desempeño y tiene por finalidad estimular el buen rendimiento y el compromiso del servidor civil. Asimismo, identifica y reconoce el aporte de los servidores con las metas institucionales y evidencia las necesidades requeridas por los servidores para mejorar el desempeño de sus puestos y de la entidad. Por su parte en el Título IV del Libro I del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil (aprobado por Decreto Supremo Nº

040-2014-PCM) se desarrollan las reglas específicas de la Gestión del Rendimiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 127-2019-PCM, entre otros aspectos, se modificaron las reglas de la Gestión del Rendimiento previstas en el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil. En virtud a ello se simplificaron las etapas del ciclo de la Gestión del Rendimiento, pasando de cinco (5) a tres (3) etapas, se efectuaron precisiones a las disposiciones referidas a los factores de evaluación (metas y compromisos), metodologías e instrumentos básicos, entre otros aspectos; Que, en atención a dichas modificaciones y sobre la base de la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, en su condición de órgano encargado de conducir y supervisar la implementación del subsistema de gestión del rendimiento, propuso una nueva Directiva, con la finalidad que las Oficinas de Recursos Humanos apliquen de manera adecuada las nuevas reglas que regulan dicho subsistema; Que, el Consejo Directivo en la sesión Nº 014-2020 acordó aprobar la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento, encargando al Presidente Ejecutivo emitir la Resolución que formaliza dicho acuerdo; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, la Ley Nº 30057 ­ Ley del Servicio Civil, el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalizar la aprobación de la Directiva del Subsistema de Gestión del Rendimiento, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el diario oficial El Peruano; y de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ Presidente Ejecutivo DIRECTIVA DEL SUBSISTEMA DE GESTIÓN DEL RENDIMIENTO 1. OBJETIVO Desarrollar el marco normativo del Subsistema de Gestión del Rendimiento para su aplicación en las entidades públicas. 2. FINALIDAD La finalidad de la presente Directiva es que las entidades públicas cuenten con un marco normativo que les permita la aplicación del Subsistema de Gestión del Rendimiento para que se evidencie el aporte de los/as servidores/as civiles al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. 3. BASE NORMATIVA 3.1. Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil 3.2. Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público 3.3. Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y sus modificatorias 3.4. Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público