Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2020 (09/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de agosto de 2020 /

El Peruano

VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 4: TRAMO PATIVILCA - SANTA - TRUJILLO Y PUERTO SALAVERRY - EMPALME PN1N. IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE SUJETO ACTIVO / No BENEFICIARIO SUJETO PASIVO AREA AFECTADA: 214.29 m2 AFECTACIÓN: PARCIAL VALOR DE LA TASACIÓN (S/.)

CÓDIGO: RV4-T1-PAD-ECAR-006

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice Lado A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-H H-I I-J J-K K-L L-M M-N N-O O-P P-Q Q-R R-S S-T T-U U-V V-A Distancia (m) 5.02 3.75 1.71 2.17 2.51 5.02 4.99 5.00 5.01 4.99 5.01 5.00 5.00 5.01 5.00 4.99 9.56 10.28 10.41 10.13 10.58 8.12 WGS 84 Este(X) Norte(Y) 739201.8555 9069191.6503 739206.4237 9069189.5708 739209.9664 9069188.3377 739208.9154 9069186.9835 739206.8080 9069186.4802 739205.3568 9069184.4324 739202.4243 9069180.3576 739199.3172 9069176.4555 739196.2397 9069172.5113 739193.1758 9069168.5481 739190.1497 9069164.5786 739187.1441 9069160.5718 739184.1639 9069156.5609 739181.1682 9069152.5602 739178.1706 9069148.5468 739175.1499 9069144.5669 739172.1024 9069140.6117 739176.9698 9069148.8398 739182.1401 9069157.7276 739187.4915 9069166.6558 739192.5461 9069175.4338 739197.6915 9069184.6818

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA: Por el Norte: Colinda con Ramal Chanquin Bajo, con una longitud de 8.77 m. Por el Sur: Colinda con el con punto de intersección en el vértice "Q. Por el Este: Colinda con el área remanente del mismo predio U.C. 005593 (P.E. 11226338), con una longitud de 61.41 m. Por el Oeste: Colinda con U.C. 00676, Carretera a El Carmelo y C.P. Santa Elena, con una longitud de 59.08 m.

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIO- PARTIDA REGISTRAL: Nº 11226338 perteneciente a la Oficina MARIA NES-PROVIAS ANGELICA Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. NACIONAL PALACIOS DE ROSELL - CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 28.02.2019, Informe Técnico N° 1594-2019 de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. - CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: emitido en fecha 02.12.2019 por la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V Sede Trujillo.

PEDRO MANUEL ROSELL CASTILLO

2,142.90

1876244-1

Aprueban ejecución de expropiación de áreas de inmueble afectado por la obra: "Tramo Nº 5 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Ilo - Puno ­ Juliaca, Matarani ­ Juliaca ­ Azángaro)"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0460-2020-MTC/01.02 Lima, 07 de agosto de 2020 Vista: La Nota de Elevación N° 093-2020-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la infraestructura vial: "Tramo Nº 5 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Ilo - Puno ­ Juliaca, Matarani ­ Juliaca ­ Azángaro)" y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fin; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del

Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, define al Beneficiario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Beneficiario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, asimismo el numeral 4.5 del artículo 4 del TUO de la Ley, define a la Expropiación como la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública, autorizada únicamente por ley expresa del Congreso de la República a favor del Estado, a iniciativa del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio; Que, del mismo modo, los numerales 4.11 y 4.12 del artículo 4 del TUO de la Ley, definen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor del inmueble sujeto a Adquisición o Expropiación, respectivamente; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del TUO de la Ley, establece que el Sujeto Pasivo acredita su derecho de propiedad mediante documento de fecha cierta, y de acuerdo al tracto sucesivo respecto del titular registral. En este supuesto, el Sujeto Activo publica un aviso en el diario oficial El Peruano y en un diario de circulación nacional; Que, asimismo, el numeral 28.1 del artículo 28 del TUO de la Ley, prevé entre otros aspectos, que la resolución ministerial que apruebe la ejecución de la expropiación contendrá: a) Identificación del Sujeto Activo y del Sujeto Pasivo de la expropiación, b) Identificación precisa del bien inmueble, estableciendo los linderos, medidas