Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2020 (04/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de abril de 2020 /

El Peruano

Ordenanza que modifica el Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de La Molina
ORDENANZA Nº 401/MDLM La Molina, 31 de marzo del 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO; en Sesión Extraordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza propuesto por el señor regidor Yoner Alexander Varas Llatas, al amparo de lo dispuesto en el numeral1) del artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, mediante el cual se propone la modificación del Reglamento Interno del Concejo Municipal del Distrito de La Molina, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el numeral 12) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que, es atribución del Concejo Municipal el aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal; Que, el artículo 40º de la citada Ley Orgánica establece que, las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; y se constituyen en norma con rango de Ley de, conformidad con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Estado; Que, asimismo, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que, corresponde al Concejo Municipal, el probar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, el segundo párrafo del artículo 12º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, no se

pueden pagar más de cuatro (4) dietas mensuales a cada regidor y que las dietas se pagan por asistencia efectiva a las sesiones; Que, el penúltimo párrafo del artículo 13º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que, en situaciones de emergencia declaradas conforme a Ley, el Concejo Municipal podrá dispensar del trámite de convocatoria a sesión extraordinaria, siempre que se encuentren presentes suficientes regidores como para hacer quórum, según la presente Ley; Que, mediante el artículo segundo del Acuerdo de Concejo Nº 003-2019/MDLM publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 03 de febrero del año 2019, se aprobó mantener el monto de la dieta que perciba cada regidor durante la gestión municipal 2019-2022, por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta por un máximo de dos (02) sesiones al mes; Que, mediante la Ordenanza Nº 262, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 06 de octubre del año 2013, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal de La Molina, disposición que posteriormente fue modificada por las Ordenanzas Nº 358 y 399/MDLM, publicadas ambas en el precitado Diario Oficial el 30 de enero del año 2018 y el 18 de marzo del año 2020, respectivamente; Que, la última modificación del precitado Reglamento Interno del Concejo Municipal de La Molina se emitió en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, en el que declaró en Emergencia Sanitaria a Nivel Nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, para la prevención y control del COVID-19, así como en lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0442020-PCM, en el que se declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; Decreto Supremo que a la fecha fuera precisado y ampliado, respectivamente, a través de los Decretos Supremos N° 046-2020-PCM y 051-2020-PCM, y que impiden la asistencia presencial de los señores miembros del Concejo Municipal a una sesión; Que, al respecto la Tercera Disposición Final del Reglamento Interno del Concejo Municipal de La Molina dispone que, en los casos de declaración de Emergencia Sanitaria a nivel Nacional y/o declaración de Emergencia Nacional por parte de la autoridad competente y durante el periodo que establezca dicha autoridad, las sesiones del concejo municipal de La Molina se podrán convocar y desarrollar de manera virtual o remota, considerando su carácter público, utilizando mecanismos tecnológicos que habilita la normativa vigente aplicable para el Sector Público;

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
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