Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2020 (04/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 4 de abril de 2020

NORMAS LEGALES

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Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar con eficacia anticipada al 30 de marzo de 2020, el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Comunicación, en coordinación con la Dirección General Contra la Violencia de Género, serán responsables del seguimiento y evaluación permanente del cumplimiento del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por la presente Resolución; debiendo informar de ello a la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1865373-1

PRODUCE
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 029-2020-FONDEPES/J Lima, 2 de abril de 2020 VISTOS: El Memorando Nº 253-2020-FONDEPESOGA de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 031-2020-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 103-2020-FONDEPES/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 176-2019-FONDEPES/J del 31 de diciembre de 2019 y en el marco de los recursos aprobados por Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (en adelante, FONDEPES), por un monto de S/ 137 249 417 (Ciento treinta y siete millones doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos diecisiete y 00/100 Soles) a nivel de Programa Presupuestal, Acciones Centrales y Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de Gasto; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional,

los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Asimismo, el referido artículo señala en el caso de entidades del Gobierno Nacional las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, la misma que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; En tal sentido, mediante Oficio Nº 000931-2019-CG/ SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la República solicitó al FONDEPES efectuar la transferencia por el período auditado 2019, que comprende una transferencia financiera por el importe de S/ 59 621.35 (Cincuenta y nueve mil seiscientos veintiuno y 35/100 Soles) por el 50% de la retribución económica y el 6% por derecho de designación y supervisión; así como efectuar la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el monto de S/ 49 544.50 (Cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro y 50/100 Soles) por el 50% restante de la retribución económica correspondiente al proceso de designación de la Sociedad de Auditoría; Que, mediante Resolución Jefatural N° 160-2019-FONDEPES/J se autorizó la transferencia financiera en favor de la Contraloría General de la Republica, por la suma de S/ 59 621.35 (Cincuenta y nueve mil seiscientos veintiuno y 35/100 Soles), con cargo al presupuesto institucional 2019, que corresponde al 50% de la retribución económica del periodo 2019 y el 6% de derecho de Designación o Supervisión; En dicho contexto, y en atención a la previsión presupuestal dispuesta mediante Informe N° 160-2019-FONDEPES/OGPP de fecha 22 de noviembre de 2019, por el monto de S/ 49 544.50 (Cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro y 50/100 Soles) correspondiente al 50% restante de la retribución económica del periodo auditado 2019, la Oficina General de Administración, mediante Memorando Nº 253-2020-FONDEPES/OGA, solicitó la aprobación de la transferencia económica por dicho concepto a favor de la Contraloría General de la República, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica, modificado por el articulo 3 la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, mediante Informe Nº 031-2020-FONDEPES/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable en materia presupuestaria y propuso el proyecto de Resolución Jefatural que autorice una transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, hasta por la suma de S/ 49 544.50 (Cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro y 50/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinado a financiar el pago del 50% restante de la retribución económica, por el período auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría, que se encargará de realizar