Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2019 (17/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Miércoles 17 de julio de 2019 /

El Peruano

y siete y 00/100 soles (S/ 1 552 437,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1.4 1.4.1 1.4.1 3 1.4.1 3.1 1.4.1 3.1 1 1.4.1 3.1 2 1.4.1 3.1 3 SOLES 4: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS : Donaciones y Transferencias 1,552,437.00 : Donaciones y TransferenciasCorrientes : De Otras Unidades de Gobierno . De Otras Unidades de Gobierno : Del Gobierno Nacional : De los Gobiernos Regionales : De los Gobiernos Locales 1,552,437.00 1,552,437.00 1,552,437.00 479,637.00 618,242.00 454,558.00

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación expedido por la UNE
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RESOLUCIÓN Nº 0180-2019-R-UNE Chosica, 7 de febrero del 2019 VISTO el Formulario Único de Trámite Nº 0060861, del 30 de noviembre del 2018, mediante el cual doña Lidia Rosario HUAMAN RAMOS solicita el duplicado de diploma del grado académico de bachiller, por pérdida del original. CONSIDERANDO:

TOTAL INGRESOS

1,552,437.00

EGRESOS SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5. GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS : Gobierno Central 019: Contraloría General 001: Contraloría General

SOLES

9002: Asignaciones Presupuestales 1,552,437.00 que no Resultan en producto 3999999: Sin Producto 1,552,437.00

5000759: Fiscalización y Control de la 1,552,437.00 Gestión Pública 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 1,552,437.00 1,552,437.00 1,552,437.00 1,552,437.00

Artículo 2.- Codificación La Subgerencia de Presupuesto solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria Determinar que la Subgerencia de Presupuesto elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, según lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Presentación de la Resolución Encargar a la Subgerencia de Presupuesto remitir copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 5.- Publicación Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1789439-1

Que mediante Resolución Nº 1065-2017-R-UNE, del 17 de abril del 2017, se aprueba la Directiva Nº 007-2017-R-UNE - NORMAS PARA LA EMISIÓN DE DUPLICADOS DE DIPLOMAS DE GRADOS ACADÉMICOS, TÍTULOS PROFESIONALES Y TÍTULOS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE; Que con Oficio Nº 020-2019-OR, del 04 de enero del 2019, el Director (e) de la Oficina de Registro informa al Vicerrector Académico (e) que, luego de la verificación en los libros que obran en el archivo físico, doña Lidia Rosario HUAMAN RAMOS ha obtenido el Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación, figurando con el Nº de Registro B.C.E. 7561-1989 y en el Folio 4192-B; Que mediante Oficio Nº 0058-2019-VR-ACAD, del 17 de enero del 2019, el Vicerrector Académico (e) comunica al Rector que la Comisión Permanente de Asuntos Académicos, en reunión extraordinaria llevada a cabo el 17 de enero del 2019, dictaminó se atienda el duplicado de diploma de la recurrente en mención; en ese sentido, remite el expediente correspondiente que ha sido evaluado en su oportunidad, para que el Consejo Universitario determine al respecto; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en su sesión ordinaria realizada el 02 de febrero del 2019; y, En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 59º y 60º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, concordante con los artículos 19º, 20º y 23º del Estatuto de la UNE, y los alcances de la Resolución Nº 15182016-R-UNE y de la Resolución Nº 0123-2019-R-UNE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Educación expedido por la UNE, por pérdida del original, a favor de doña LIDIA ROSARIO HUAMAN RAMOS, de conformidad con lo señalado en la parte considerativa. Artículo 2º.- DISPONER que la Dirección de Registro efectivice las acciones complementarias, en atención a lo señalado en el artículo precedente y a lo dispuesto en la Resolución Nº 1065-2017-R-UNE, del 17 de abril del 2017. Artículo 3º.- DAR A CONOCER a las instancias pertinentes los alcances de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SEGUNDO EMILIO ROJAS SÁENZ Rector (e) 1788708-1