Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2019 (17/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

14

NORMAS LEGALES

Miércoles 17 de julio de 2019 /

El Peruano

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 52-2019-CONADIS/PRE Mediante Oficio Nº 102-2019-CONADIS/SG, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Nº 52-2019-CONADIS/PRE, publicada en la edición del día 4 de julio de 2019. DICE: (...) VISTO: El Memorando Nº 215-2019-CONADIS/SG de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; y, (...) DEBE DECIR: (...) VISTO: El Memorando Nº 275-2019-CONADIS/SG de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; y, (...) 1788709-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 053-2019-CONADIS/PRE Mediante Oficio Nº 102-2019-CONADIS/SG, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Nº 053-2019-CONADIS/PRE, publicada en la edición del día 8 de julio de 2019. DICE: (...) VISTO: El Memorando Nº 215-2019-CONADIS/SG de la Secretaría General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; y, (...) DEBE DECIR: (...) VISTO: El Memorando Nº 275-2019-CONADIS/SG de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; y, (...) 1788709-2

PRODUCE
Reconforman el Consejo de Vigilancia del Fondo de Desarrollo de la Microempresa FONDEMI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 311-2019-PRODUCE Lima, 16 de julio de 2019 VISTOS: El Informe Nº 0024-2019-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGDE/DIF-cruiz y el Memorando Nº 00112-2019-PRODUCE/DIF de la Dirección de Instrumentos Financieros; el Memorando Nº 1567-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Cargo Nº 2475-2019-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe Nº 606-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 05 de agosto de 1992, el Gobierno de la República del Perú y la Comunidad Económica Europea suscribieron el Convenio de Financiación Nº ALA/91/27 por el monto de Trece Millones Doscientos Mil Euros ( 13´200,000), para financiar y ejecutar el "Programa Microempresas - Sector Informal"; Que, a través del Acta de Cierre y Transferencia del Proyecto "Programa Microempresas - Sector Informal", suscrita el 11 de julio de 2002, se establecieron, entre otros compromisos, que todos los componentes y recursos del referido programa se transfieran al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, bajo la modalidad de donación, con la finalidad de ejecutar el Programa Fondo de Desarrollo de la Microempresa FONDEMI; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 382-2005TR, se conforma el Consejo de Vigilancia del Programa FONDEMI - BONOPYME (en referencia al Bono de Capacitación Laboral y Empresarial); Que, con la Ley Nº 29271, se establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfiriéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa, previstas en la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y en el artículo 6 de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa; Que, el Ministerio de la Producción, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, es competente en materia de pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; Que, el Consejo de Vigilancia del Fondo de Desarrollo de la Microempresa - FONDEMI, al cual se refiere la Resolución Ministerial Nº 382-2005-TR, ha sido reconformado a través de las Resoluciones Ministeriales Nos. 455-2009-PRODUCE, 269-2013-PRODUCE y 047-2019-PRODUCE; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 047-2019-PRODUCE, el Consejo de Vigilancia del FONDEMI está integrado únicamente por cinco (05) consejeros, quienes cuentan con derecho a voz y voto; Que, según lo sustentado en el Informe Nº 0024-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGDE/DIF-cruiz, la Dirección de Instrumentos Financieros de la Dirección General de Desarrollo Empresarial propone reconformar el Consejo de Vigilancia del FONDEMI, retirando a uno de sus integrantes y modificando su Secretaría Técnica, a fin de garantizar su operatividad;