Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2019 (17/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Miércoles 17 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje de Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para ejercer la defensa del Estado peruano en investigaciones y procesos vinculados a delitos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0285-2019-JUS Lima, 16 de julio de 2019 VISTOS, los Oficios N° 622-2019-JUS/CDJE-PPAH y N° 631-2019-JUS/PPAHCO-ODEBRECHT, de la Procuraduría Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, en adelante Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras; el Oficio N° 2456-2019-JUS/CDJE de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; el Informe N° 257-2019-JUS/OGPM y el Oficio N° 1706-2019-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 759-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, informa que mediante Providencia Fiscal N° 298 de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios ­ Equipo Especial, correspondiente a la Carpeta Fiscal N° 10-2017, se ha comunicado la programación de la declaración testimonial del ciudadano brasileño William Ali Chaim para el 18 de julio de 2019, en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil; asimismo, informa la mencionada Procuraduría Pública que se ha programado una reunión de trabajo con la Abogacía General de La Unión República Federativa del Brasil, el 19 de julio del presente año en horas de la tarde en la misma ciudad de Sao Paulo; Que, en dichos términos, se solicita la autorización del viaje de la señora Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras, a efectos que participe en las mencionadas diligencias, en representación del Estado peruano; Que, la mencionada Procuraduría Pública señala que la referida declaración se enmarca en la investigación seguida al señor Félix Moreno Caballero, en su calidad de Gobernador Regional del Callao, período 2011-2014, por la declaración de viabilidad del Proyecto de Inversión Pública "Construcción de la Obra Vía Costa Verde ­ Tramo Callao"; por lo que el testimonio del señor William Ali Chaim será importante para determinar la responsabilidad en las investigaciones penales que se tramitan ante la fiscalía peruana y en los que la Procuraduría Pública es parte interesada a efectos de cautelar el cobro de la reparación civil; Que, en igual sentido, la citada Procuraduría Pública señala que la participación de la Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras, en la reunión de trabajo con la Abogacía General de La Unión ­ República Federativa del Brasil, resulta importante toda vez que esta entidad coadyuvará en temas de recuperación judicial de empresas y/o procesos concursales relacionados

al procedimiento judicial al que se habría acogido la empresa Odebrecht ante las autoridades brasileñas, así como los procedimientos para la identificación y ubicación de bienes muebles e inmuebles de ciudadanos brasileños investigados, obteniéndose de esta manera información relevante para ejercer oportunamente la defensa de los intereses del Estado peruano; Que, contando con las opiniones favorables de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las diligencias antes mencionadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Silvana América Carrión Ordinola, a efectos que participe en las mismas en representación del Estado peruano. Asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el viaje del 17 al 20 de julio de 2019; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 0132017-JUS; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, del 17 al 20 de julio de 2019, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para el caso Odebrecht y otras Pasajes US $ 1,784.50 Viáticos x 03 días US $ 1,110.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la profesional citada en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1789351-1