Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2018 (24/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de enero de 2018 /

El Peruano

fecha 11 de Enero de 2018 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 015-2018-MDSL/ GAL, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre "Ordenanza Municipal que fija el calendario de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, correspondiente al ejercicio 2018"; y, CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607 ­ Ley de Reforma Constitucional, precisa (...) que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. Que la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972 señala en su artículo II del Título Preliminar, que (...) los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 40º, segundo párrafo de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, mediante el cual señala que las ordenanzas Municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; mediante ordenanzas se crean modifican, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; asimismo conforme a lo establecido en el inciso 4), del artículo 200ºde la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas tienen rango de ley; Que, el literal a) del Artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que las Municipalidades podrán imponer tasas por servicios públicos o arbitrios definiéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente. Que, al respecto, con fecha 30/12/2017 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 241MDSL, que aprueba los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2018, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 482-MML. Asimismo las citadas Ordenanzas fueron emitidas en base a los parámetros de carácter vinculante establecidos por el Tribunal Constitucional mediante las Sentencias recaídas en los expedientes Nº 041-2004-AI/ TC y Nº 053-2004-AI/TC; Que, siendo los arbitrios municipales de determinación mensual, sin embargo es pertinente establecer las fechas para su cancelación y en concordancia con la Norma XII del TUO del Código Tributario, aprobado por DS 11313-EF, a mérito de la cual se prevé que "Para efecto de los plazos establecidos en las normas tributarias deberá considerarse lo siguiente: (...) b) Los plazos expresados en días se entenderá referidos a días hábiles", por lo que se hace necesario publicar el calendario de vencimientos; Que, el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado con Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y normas modificatorias las Municipalidades están facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del año que corresponde el Impuesto, mediante Decreto Supremo 380-2017-EF, para el año 2018, se ha fijado el valor de la Unidad Impositiva Tributaria en S/.4,150.00 Soles; Que, mediante Informe Nº 09-2018-MDSL-GAT/ SGART, la Sub Gerencia de Administración y Recaudación Tributaria emite informe técnico con respecto al calendario de pagos tributarios e incentivos por pronto pago de los arbitrios municipales del ejercicio 2018, asimismo con Informe Nº 003-2018-MDSL-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria remite el proyecto de Ordenanza que fija el calendario de pagos tributarios e incentivos por

pronto pago, correspondiente al ejercicio 2018. Por otro lado la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 015-2018-MDSL-GAJ, emite opinión favorable a la propuesta de la citada Ordenanza; Que, es política de esta Gestión Edil incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de San Luis y una manera efectiva de hacerlo es a través de descuentos por el pago anual o trimestral adelantado de los tributos contenidos en la cuponera de pagos; Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas por el artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal del Distrito de San Luis por UNANIMIDAD de voto de los Sres. Regidores aprobó; ORDENANZA MUNICIPAL Nº 243 -2018-MDSL/C ORDENANZA QUE FIJA EL CALENDARIO DE PAGOS TRIBUTARIOS E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2018 Artículo Primero.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial para el ejercicio 2018 es el 0.6% de la UIT vigente en el presente ejercicio, equivalente a S/.24.90 (Veinticuatro y 90/100 soles). Artículo Segundo.- FECHAS DE VENCIMIENTO Las fechas de vencimiento para el pago de los tributos Municipales serán las siguientes:
IMPUESTO PREDIAL 2018-PAGO AL CONTANDO VENCIMIENTO 28 DE FEBRERO 2018 IMPUESTO PREDIAL 2018-PAGO FRACCIONADO CUOTA 1ra 2da 3ra 4ta IMPUESTO PREDIAL Febrero Mayo Agosto Noviembre VENCIMIENTO 28 de febrero de 2018 31 de mayo de 2018 31 de agosto de 2018 30 de noviembre de 2018

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO ­ ARBITRIOS MUNICIPALES 2018 CUOTA 1ra 2da 3ra 4ta 5ta 6ta 7ma 8va 9na 10ma 11ra 12da ARBITRIOS Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre VENCIMIENTO 31 de enero de 2018 28 de febrero de 2018 31 de marzo de 2018 30 de abril de 2018 31 de mayo de 2018 30 de junio de 2018 31 de julio de 2018 31 de agosto de 2018 29 de setiembre de 2018 31 de octubre de 2018 30 de noviembre de 2018 31 de diciembre de 2018

Artículo Tercero.- INCENTIVOS PARA EL PAGO Los contribuyentes podrán optar por acogerse a los siguientes incentivos: a) 15% de descuento de los arbitrios Municipales 2018, a condición que se cancelen las Doce (12) cuotas de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial anual en su totalidad hasta el 14 de febrero de 2018, para uso distinto a casa habitación. b) 15% de descuento de los Arbitrios Municipales 2018, a condición que se cancelen las (12) cuotas de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial anual, hasta el 14 de febrero de 2018, para uso casa habitación. c) 10% de descuento de los Arbitrios Municipales 2018, a condición que se cancelen las (12) cuotas de Arbitrios Municipales, hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial 2018.