Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2018 (24/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Miércoles 24 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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2017-MDSL/GAJ de fecha 25 de Octubre del 2017 emitido la Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica respectivamente; sobre "Proyecto de Ordenanza Municipal que establece el del derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2018"; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º y 195º, de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son (...) Órganos de Gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad. Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que (...) las ordenanzas Municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; mediante ordenanzas se crean modifican, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; asimismo conforme a lo establecido en el inciso 4), del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas tienen rango de ley; Que, el Art. 14º del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece la actualización de valores de los predios, por parte de las Municipalidades, sustituyendo la obligación de presentar la Declaración Jurada Anual; asimismo la Cuarta Disposición final, de la normatividad anteriormente señalada, establece que los servicios de emisión mecanizada de emisión de valores, determinación de recibos y emisión de los recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedando facultados a cobrar no más del 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio, convirtiéndose en un servicio exclusivo; Que, la Sétima Disposición Final de la Ordenanza Metropolitana Nº 1533-MML del 27 de Junio del 2011, la cual se encuentra modificada mediante Ordenanza Nº 1833-MML, del 19 de Diciembre del 2014, señala que las Ordenanzas Municipales que aprueban el servicio Municipal de Emisión Mecanizada de valores para el contribuyente, deberán ser ratificadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendrá una vigencia de (02) dos ejercicios fiscales Adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la Ratificación, en cuyo caso las Municipalidades distritales deberán de comunicar al SAT su decisión de aplicar el acuerdo de concejo Ratificatorio para los citados ejercicios mediante Comunicación formal del Gerente Municipal hasta el último día hábil del Mes de Diciembre; Que, el numeral 8), del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y el Art. 69º numerales 1 y 2) establecen que son rentas Municipales, entre otros conceptos, las contribuciones, tasas, arbitrios, Multas y derechos creados por el concejo municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, en aplicación a ello, mediante Ordenanzas Municipales Nº 181-MDSL y Nº 199-MDSL, la Municipalidad Distrital de San Luis, aprobó el monto referido al servicio de Emisión Mecanizada de valores, correspondientes a los ejercicios fiscales 2015 y 2016 respectivamente; Que, por otro lado, a través del Informe Nº 077-2017-GAT-MDSL de la Gerencia de Administración Tributaria, remite el proyecto de Ordenanza que establece el Monto del Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2018, así como el Informe Técnico Financiero de Costos para el mencionado servicio; de igual forma con Informe Nº 0357-2017-MDSL/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la aprobación de la citada ordenanza, previo sometimiento a consideración del Concejo Municipal.

Que estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas, por el inciso 8), del Artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y contando con MAYORÍA de voto de los Señores Regidores, se aprobó; ORDENANZA MUNICIPAL Nº 236-2017-MDSL/C "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2018" Artículo Primero.- APRUÉBESE, el Informe Técnico Financiero de Costos, la Estructura de Costos, Determinación del Costo y Estimación de Ingresos por Servicio de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2018; así como los Anexos Nº 01, Nº 02 y Nº 03 respectivamente los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FÍJESE, en S/ 3.90 (Tres y 90/100 Soles), el Monto Anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2018, incluida su distribución a domicilio y en S/ 2.00 (Dos y 00/100 Soles) por predio adicional. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la distribución domiciliaria de los Cronogramas de Pagos, conteniendo los tributos mencionados. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO las demás normas municipales que se opongan a la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DISPONER que la presente Ordenanza Municipal sus Anexos, Nº 01, Nº 02 y Nº 03, así como el Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifique., entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano y encárguese a la Sub Gerencia de Informática y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Luis www.munisanluis.gob.pe y el portal web del Servicio de Administración Tributaria SAT. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, el cumplimiento de la presente Ordenanza y la divulgación y difusión oportuna de sus alcances. Tercera.FACULTADES REGLAMENTARIAS facúltese al señor Alcalde de la Municipalidad de San Luis, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1609355-1

Ordenanza que fija el calendario de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, correspondiente al Ejercicio 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 243-2018-MDSL/C San Luis, 18 de enero del 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de Enero del 2018, el Informe Nº 003-2018-MDSL/GAT, de