Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2018 (24/01/2018)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

12

NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de enero de 2018 /

El Peruano

de Migraciones ­ MIGRACIONES, opina que resulta legalmente viable otorgar la Nacionalidad Peruana por Naturalización solicitada por la ciudadana de nacionalidad ucraniana Tetyana Nikitina; Que, el artículo 6° de la Ley N° 26574, Ley de Nacionalidad, establece que la naturalización es aprobada o cancelada, según, corresponda, mediante Resolución Suprema; Con el visado de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52° de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 26574, Ley de Nacionalidad; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Reglamento de la Ley de Nacionalidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar la Nacionalidad Peruana por Naturalización a la señora Tetyana Nikitina, en atención a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer que la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, inscriba a la señora Tetyana Nikitina en el registro respectivo y le extienda el Título de Nacionalidad correspondiente. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 1609584-6

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0008-2018-JUS Lima, 18 de enero de 2018 VISTOS, el Oficio N° 016-2018-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 001-2018-OGPM-OOM de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 021-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2013-JUS se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 00652017-JUS se modificó el TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos eliminando procedimientos administrativos y adecuándolo a las medidas de

simplificación administrativa dispuestas en los Decretos Legislativos N° 1246 y 1272; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 0267-2017-JUS se modificó el TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en atención a la nueva estructura organizacional de la entidad establecida en el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, adecuando el TUPA a lo establecido en el precitado documento normativo; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través del Oficio de vistos, propone la modificación del Procedimiento Administrativo Nº 30 del TUPA, denominado: "Acceso a la Información que posee o produce el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos", en atención al Informe de vistos emitido por la Oficina de Organización y Modernización de dicha Oficina General; Que, el numeral 43.5 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, estipula que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del organismo autónomo, conforme a la Constitución Política del Perú o por Resolución del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo; Que, asimismo, el numeral 39.1 del artículo 39 de la precitada norma, establece que los procedimientos administrativos, requisitos y costos administrativos deben estar incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, en este contexto normativo y en atención a lo informado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la modificación propuesta a fin de adecuarla al marco legal vigente; Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 39.1 del artículo 39 y el numeral 43.5 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017JUS; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0132017-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Modifíquese el Procedimiento Administrativo Nº 30 del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2- Difusión Difundir la presente Resolución Ministerial y el Anexo a que hace referencia el artículo 1, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano. gob.pe) y en el Portal Web Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, (www.minjus.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1608934-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.