Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2018 (15/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de diciembre de 2018 /

El Peruano

por el señor Manuel Sánchez Quiñones, al cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del INDECOPI de Ancash, Sede Chimbote, dándole las gracias por los servicios prestados en el ejercicio de dicho cargo; Que, en atención a ello, el Consejo Directivo del INDECOPI mediante Acuerdo Nº 068-2018, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar a la señorita Cynthia Elizabeth Ramírez Medina, como Jefa del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del INDECOPI de Ancash, Sede Chimbote; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Oficinas Regionales, y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita Cynthia Elizabeth Ramírez Medina como Jefa del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del INDECOPI de Ancash, Sede Chimbote, con efectividad a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1723118-3

al cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del INDECOPI de Puno, dándosele las gracias por los servicios prestados en el ejercicio de dicho cargo; Que, en atención a ello, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 069-2018, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Henry Luis Cáceres Salas, como Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del INDECOPI de Puno; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Oficinas Regionales, y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Henry Luis Cáceres Salas como Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del INDECOPI de Puno, con efectividad a partir del día siguiente la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1723118-4

Designan Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Oficina Regional del INDECOPI de Puno
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 230-2018-INDECOPI/COD Lima, 11 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 0042-2018/GOR-INDECOPI, el Informe Nº 0095-2018/GRH, el Memorándum Nº 1086-2018/GEL que adjunta el Informe Nº 389-2018/GEL, el Informe Nº 044-2018/GEG, y el Informe Nº 059-2018/GEG; y, CONSIDERANDO:

Designan Jefes de los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de las Oficinas Regionales del INDECOPI de Ancash - Sede Huaraz, Cusco, Piura y Loreto
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 231-2018-INDECOPI/COD Lima, 11 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 070-2018/GOR-INDECOPI, el Informe Nº 216-2018/GRH, el Informe Nº 081-2018/GORINDECOPI, el Informe Nº 082-2018/GOR-INDECOPI, el Informe Nº 083-2018/GOR-INDECOPI, el Informe Nº 0852018/GOR-INDECOPI, el Memorándum Nº 1706-2018/ GRH, el Informe Nº 829-2018/GEL, el Informe Nº 1272018/GEG y el Informe Nº 138-2018/GEG; y, CONSIDERANDO:

Que, conforme al literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los Jefes de los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Institución; Que, el primer párrafo del artículo 127 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley Nº 29571, establece que el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor se encuentra a cargo de un jefe, que es designado por el Consejo Directivo del INDECOPI; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 091-2018-INDECOPI/ COD el Consejo Directivo del INDECOPI aceptó la renuncia presentada por el señor Sergio Alexander Romero Costa,

Que, conforme al literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los Jefes de los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Institución; Que, el primer párrafo del artículo 127 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley Nº 29571, establece que el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor se encuentra a cargo de un jefe, que es designado por el Consejo Directivo del INDECOPI; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 246-2013-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31