Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2018 (15/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

El Peruano / Sábado 15 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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y gestión local y crear una Comisión para la igualdad de género en la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Que, la Ordenanza Municipal Nº 312-2014-MDC, que aprueba el Plan de Acción Local por la Infancia y la Adolescencia 2014-2021 del Distrito de Carabayllo, tiene como objetivo garantizar la adopción e implementación de políticas públicas locales orientadas a trabajar en la protección de niños, niñas y adolescentes y en su Objetivo estratégico Nº4 plantea reducir el índice de violencia escolar, familiar y sexual. Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia (PNAIA) 2002-2010, establece las acciones orientadas a asegurar una vida sana para niñas y niños, ofrecer una educación básica de calidad, crear espacios de participación e instituir un sistema de garantías. Incorpora en el resultado Nº 14, la prevención y disminución de la violencia adolescente, y señala que por lo menos, el 60% de los y las adolescentes, de zonas de riesgo, accederán a programas de buen uso del tiempo libre, se habrá reducido el número de adolescentes infractores, el desarrollo de capacidades de los establecimientos públicos para atender los casos de violencia y el desarrollo de actividades educativas que promuevan valores democráticos; la consolidación de un ordenamiento jurídico y del sistema de administración de justicia, que dé respuesta a la problemática de violencia contra los niños y niñas y adolescentes, incluyendo el abordaje de explotación sexual infantil. Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2006-2010, el Plan propone como objetivo de la Política de envejecimiento saludable la mejora del bienestar físico, psíquico y social de la persona adulta mayor a través del incremento en la cobertura y calidad en los servicios socio sanitarios, la garantía de una asistencia alimentaria y nutricional, y la generación de oportunidades para una vida armónica dentro de su familia y su comunidad. Asimismo, señala entre las políticas de educación, conciencia y cultura sobre el envejecimiento y la vejez, la promoción de la igualdad de oportunidades y combatir la discriminación hacia las personas adultas mayores Que, al amparo del marco legal nacional y local vigente, se hace necesario institucionalizar en el Distrito de Carabayllo, el Programa Municipal de Atención y Prevención de la violencia de genero familiar y sexual, contra la mujer e integrantes del grupo familiar, identificado como Programa Casa Amiga "Rikchary Warmi", que entró en funcionamiento el 16 de Abril del 2012 y viene atendiendo hasta la fecha; propiciando el desarrollo personal y atendiendo de manera integral y sostenida a las personas afectadas o víctimas; en cumplimiento de la Ordenanza Municipal Nº190-201/MDC que declara TOLERANCIA CERO A LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL, y del marco normativo nacional. Que, al amparo de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades de conformidad con los considerandos expuestos, el Pleno del Concejo Municipal aprueba POR UNANIMIDAD la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE ATENCION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO, FAMILIAR, SEXUAL CONTRA LA MUJER Y MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR: PROGRAMA CASA AMIGA "RIKCHARY WARMI" Artículo 1º.- Objeto de la Norma Institucionalizar el programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi" de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, reconociendo ésta como una experiencia de política pública local para la prevención y atención integral y permanente a las personas en situación de vulnerabilidad afectadas por la violencia de género, familiar y sexual, con la finalidad de mejorar su calidad de vida e integrarlos plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural de nuestra comunidad, implementando para ello diversos servicios que coadyuven a:

Fortalecer a las familias atendiendo y previniendo la violencia de género, familiar, sexual; promoviendo ciudadanía y bienestar físico y mental. Brindar protección y atención integral para la recuperación emocional, fortalecimiento de autoestima, empoderamiento y autonomía de las mujeres, principalmente e integrantes del grupo familiar. Contribuir con la erradicación de la Violencia familiar, sexual y hacia la mujer. Identificación de personas con alguna afectación en su salud mental, acompañamiento y canalización a instancias especializadas de tratamiento y/o protección. Promover / fortalecer la articulación de líderes/ as y organizaciones sociales, en la labor voluntaria de acompañamiento, vigilancia, incidencia y prevención. Artículo 2º.- Definición El Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi" de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, es una experiencia de política pública local para la atención y prevención de la violencia de género, familiar y sexual hacia las mujeres e integrantes del grupo familiar; que ha venido generando durante seis años consecutivos compromisos interinstitucionales y un trabajo sostenido en la lucha contra la violencia de género en el Distrito; en cumplimiento de las normas nacionales e internacionales que se señalan en la parte considerativa de la presente ordenanza. Artículo 3º.- Finalidades El Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi", atiende integral y multidisciplinariamente a mujeres e integrantes del grupo familiar, afectados por violencia de género en sus diversas expresiones, incluyendo la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes (ESNNA) y la trata de personas. El eje principal es la atención psicosocial acompañada del fortalecimiento de capacidades laborales y orientación/asesoría legal; desde una perspectiva comunitaria, de derechos humanos, género, interculturalidad e intergeneracional. Se trabaja también con hijos/as, agresor/a (cuando está dispuesto/a o logramos sensibilizar) y con la comunidad (Organizaciones Sociales, Instituciones Educativas y otros grupos sociales). Artículo 4º.- Del Fomento Organizacional El Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi", dentro del marco estipulado para el reconocimiento de las organizaciones sociales promoverá y/o fomentará el reconocimiento de las organizaciones de mujeres, permitiendo así su participación como agentes activos de manera organizada y concertada en las actividades, proyectos y otros análogos. Así como también, exhortar y promover el compromiso de las instituciones del Estado y las organizaciones de la sociedad civil para que incorporen en sus respectivas agendas o planes de trabajo, el desarrollo de acciones de prevención contra la violencia familiar sexual, contra la mujer y la basada en género en el Distrito de Carabayllo, de manera articulada con los lineamientos y funciones de este Programa. Artículo 5º.- De los Convenios El Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi", a través de la Alcaldía, en coordinación con la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano y en concordancia con la Ley Nº 30364, podrán suscribir en nombre y representación de la Municipalidad, todo tipo de convenios con organizaciones e instituciones, públicas, privadas, organizaciones no gubernamentales ONGs, entidades cooperantes nacionales e internacionales para que en forma desinteresada y voluntaria apoyen acciones a favor de la lucha para erradicar la violencia de género, familiar y sexual en el Distrito de Carabayllo. Artículo 6º.- De la Sostenibilidad Para garantizar la sostenibilidad; el Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi", será incorporado en la estructura, instrumentos de gestión