Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2018 (15/12/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de diciembre de 2018 /

El Peruano

y partidas presupuestales determinadas por Ley. Este programa será incorporado al Plan Distrital de Desarrollo Concertado. Artículo 7º.- De los Instrumentos de Trabajo El Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi", elabora su plan de trabajo para garantizar su correcto funcionamiento y asegurar la atención de los beneficiarios. Artículo 8º.- De la Comunidad Corresponde a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, de manera directa o a través del Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi", sensibilizar, informar y generar espacios de discusión y/o participación en los cuales la comunidad pueda desenvolverse de manera segura y saludable, promoviendo la participación de distritos grupos etarios con el fin de promover una cultura de paz y reducir los índices de violencia de género, familiar y sexual contra la mujer e integrantes del grupo familiar, planteando alternativas de solución Artículo 9º.- Vigencia La presente ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 10º.- Encargar el cumplimiento de la ordenanza a Gerencia Municipal, a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, y su adecuada difusión, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. NANDY JANETH CORDOVA MORALES Alcaldesa 1723444-1

de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, a través de la Ordenanza Nº 062-2006/MDSB, se aprobó "Suspender durante la temporada de verano la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros, excepto obras de necesidad pública" de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, publicada con fecha 14 de enero de 2010; Que, en este sentido en el artículo único de la mencionada ordenanza comprende Suspender durante la Temporada de Verano la ejecución de todo tipo de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros; no obstante, no se ha considerado el periodo que pueda respaldar la infracción Nº 06-0222 de nuestro Reglamento de Aplicación y Sanciones (Ordenanza Nº 235-2016/ MDSB), que es del 15 de Diciembre al 15 de Abril; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala en su artículo 42º que, "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven asuntos o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, mediante Informe Nº 196-2018-GFYDE/ MDSB de fecha 08 de noviembre de 2018 la Gerencia de Fiscalización y Desarrollo Económico solicita la modificación del artículo único de la Ordenanza Nº 0622006/MDSB de la siguiente manera: Artículo Único: Suspender durante la Temporada de Verano la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros, comprendida desde el 15 de Diciembre hasta el 15 de Abril, excepto las obras de necesidad pública; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42ºde la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:

MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO
Suspenden la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros durante la temporada de verano, excepto las obras de necesidad pública
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 267 -2018-A/MDSB San Bartolo, 26 de noviembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTO: El Informe Nº 196-2018-GFYDE/MDSB de fecha 08 de noviembre de 2018 emitido por la Gerencia de Fiscalización y Desarrollo Económico, sobre Modificar el Artículo Único de la Ordenanza Nº 062-2006/ MDSB: Suspender durante la Temporada de Verano la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros, comprendida desde el 15 de Diciembre hasta el 15 de Abril, excepto las obras de necesidad pública", y el Informe Nº 179-2018-GAJyRC/ MDSB de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos

Artículo Único.- SUSPENDER durante la Temporada de Verano la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros, comprendida desde el 15 de Diciembre hasta el 15 de Abril, excepto las obras de necesidad pública" Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN GUEVARA CARAZAS Alcalde 1723105-1

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Ordenanza que otorga beneficios extraordinarios para el pago de multas administrativas impuestas por la Municipalidad
ORDENANZA Nº 615-MSB San Borja, 13 de diciembre de 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la XXVI-2018 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre de 2018, el Dictamen Nº 063-2018-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 049-2018-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, el Dictamen Nº 026-2018-MSBCDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 390-2018-MSB-GAT-UEC de la Unidad de Ejecución Coactiva, el Memorándum N° 215-2018-MSB-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N°