Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2018 (15/12/2018)
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NORMAS LEGALES
Sábado 15 de diciembre de 2018 /
El Peruano
y partidas presupuestales determinadas por Ley. Este programa será incorporado al Plan Distrital de Desarrollo Concertado. Artículo 7º.- De los Instrumentos de Trabajo El Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi", elabora su plan de trabajo para garantizar su correcto funcionamiento y asegurar la atención de los beneficiarios. Artículo 8º.- De la Comunidad Corresponde a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, de manera directa o a través del Programa Municipal CASA AMIGA "Rikchary Warmi", sensibilizar, informar y generar espacios de discusión y/o participación en los cuales la comunidad pueda desenvolverse de manera segura y saludable, promoviendo la participación de distritos grupos etarios con el fin de promover una cultura de paz y reducir los índices de violencia de género, familiar y sexual contra la mujer e integrantes del grupo familiar, planteando alternativas de solución Artículo 9º.- Vigencia La presente ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 10º.- Encargar el cumplimiento de la ordenanza a Gerencia Municipal, a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, y su adecuada difusión, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase. NANDY JANETH CORDOVA MORALES Alcaldesa 1723444-1
de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, a través de la Ordenanza Nº 062-2006/MDSB, se aprobó "Suspender durante la temporada de verano la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros, excepto obras de necesidad pública" de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, publicada con fecha 14 de enero de 2010; Que, en este sentido en el artículo único de la mencionada ordenanza comprende Suspender durante la Temporada de Verano la ejecución de todo tipo de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros; no obstante, no se ha considerado el periodo que pueda respaldar la infracción Nº 06-0222 de nuestro Reglamento de Aplicación y Sanciones (Ordenanza Nº 235-2016/ MDSB), que es del 15 de Diciembre al 15 de Abril; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala en su artículo 42º que, "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven asuntos o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, mediante Informe Nº 196-2018-GFYDE/ MDSB de fecha 08 de noviembre de 2018 la Gerencia de Fiscalización y Desarrollo Económico solicita la modificación del artículo único de la Ordenanza Nº 0622006/MDSB de la siguiente manera: Artículo Único: Suspender durante la Temporada de Verano la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros, comprendida desde el 15 de Diciembre hasta el 15 de Abril, excepto las obras de necesidad pública; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42ºde la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:
MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO
Suspenden la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros durante la temporada de verano, excepto las obras de necesidad pública
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 267 -2018-A/MDSB San Bartolo, 26 de noviembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTO: El Informe Nº 196-2018-GFYDE/MDSB de fecha 08 de noviembre de 2018 emitido por la Gerencia de Fiscalización y Desarrollo Económico, sobre Modificar el Artículo Único de la Ordenanza Nº 062-2006/ MDSB: Suspender durante la Temporada de Verano la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros, comprendida desde el 15 de Diciembre hasta el 15 de Abril, excepto las obras de necesidad pública", y el Informe Nº 179-2018-GAJyRC/ MDSB de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
Artículo Único.- SUSPENDER durante la Temporada de Verano la ejecución de obras de construcción, desmontes, demoliciones y otros, comprendida desde el 15 de Diciembre hasta el 15 de Abril, excepto las obras de necesidad pública" Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN GUEVARA CARAZAS Alcalde 1723105-1
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Ordenanza que otorga beneficios extraordinarios para el pago de multas administrativas impuestas por la Municipalidad
ORDENANZA Nº 615-MSB San Borja, 13 de diciembre de 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la XXVI-2018 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre de 2018, el Dictamen Nº 063-2018-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 049-2018-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, el Dictamen Nº 026-2018-MSBCDU de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 390-2018-MSB-GAT-UEC de la Unidad de Ejecución Coactiva, el Memorándum N° 215-2018-MSB-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N°