Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2018 (15/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de diciembre de 2018 /

El Peruano

sobre el número de documentos expedidos según el Artículo 3 del presente Acuerdo Administrativo y los pagos efectuados en virtud del Convenio. Estas estadísticas incluirán datos sobre el número de beneficiarios, el monto total de las prestaciones pagadas, por tipo de prestación y otra información estadística relacionada con la aplicación del Convenio. Estas estadísticas se facilitarán en una forma que será acordada por los Organismos de Enlace o las Autoridades Competentes. Artículo 9 Entrada en Vigor El Acuerdo Administrativo entrará en vigor en la misma fecha que el Convenio y tendrá la misma duración. Artículo 10 Enmiendas Las Partes Contratantes podrán acordar por escrito cualquier enmienda al presente Acuerdo Administrativo. Las enmiendas entrarán en vigor y formarán parte integrante del Acuerdo Administrativo en la fecha de recepción de la última notificación escrita, mediante la cual las Partes Contratantes se notificarán mutuamente por vía diplomática, el cumplimiento de los procedimientos internos exigidos por su legislación respectiva para su entrada en vigor.

SUSCRITO por duplicado en Lima, el 22 de noviembre de 2018, en los idiomas español, coreano e inglés, siendo cada texto igualmente válido. En caso de divergencia de interpretación, prevalecerá el texto en inglés. (FIRMA) Por la República del Perú (FIRMA) Por la República de Corea 1723098-1

Entrada en vigencia del "Acuerdo Administrativo para la implementación del Convenio sobre Seguridad Social entre la República del Perú y la República de Corea"
Entrada en vigencia del "Acuerdo Administrativo para la implementación del Convenio sobre Seguridad Social entre la República del Perú y la República de Corea", suscrito el 22 de noviembre de 2018, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratificado mediante Decreto Supremo N° 051-2018-RE, de fecha 03 de diciembre de 2018. Entrará en vigor el 1 de enero de 2019. 1723097-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo No. 054-2018-PCM, artículo 52.1, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los ROF y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el ROF o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (ROF o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente: La publicación de la norma que apruebe el ROF o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa). La publicación del Anexo (ROF o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. a) b)

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. a) b) Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: La norma aprobatoria del ROF se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica; El anexo (ROF o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa. El ROF se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2. El archivo electrónico del ROF deberá cumplir con el siguiente formato: Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. El tamaño del documento en hoja A4 al 100%. El tipo de letra Arial. El tamaño de letra debe ser no menor a 8 puntos. El interlineado sencillo. Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda. El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda. Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el ROF.

4.

5. a) b) c) d) e) f) g) h)

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