Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2018 (15/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de diciembre de 2018 /

El Peruano

la Antártida, a través de las campañas científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, la Política Nacional Antártica, aprobada por Decreto Supremo N.° 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realización y continuidad de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR), a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Perú en el continente Antártico; Que, la Política Nacional Antártica prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulación, coordinación, conducción y supervisión, toda vez que es su ente rector; Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Política Nacional Antártica, aprobada por Resolución Ministerial N.° 0624-2014-RE, establece como Acción Estratégica la ejecución anual de las Campañas Científicas del Perú a la Antártida (ANTAR); Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del inciso 13 del artículo 6° de la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Política Nacional Antártica, en cuyo marco se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores público y privado realicen; Que, el inciso k) del artículo 72° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 135-2010-RE, dispone como función específica de la Cancillería dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Perú en el continente Antártico; Que, mediante Resolución de Secretaría General N.° 144-2017-RE, de 25 de enero de 2017, se aprobó la Directiva N.° 001-2017-ORH/OGA/RE "Disposiciones para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional y el exterior", la cual dispone que es de cumplimiento y observancia obligatoria por la Cancillería y sus Órganos Desconcentrados, comprendiendo a todos sus funcionarios y empleados que realicen viajes de comisión de servicios, así como a funcionarios y empleados públicos de otras instituciones y personas que no siendo funcionarios o empleados públicos realicen viajes en condición de representantes, delegados, comisionados o similares, con recursos del pliego presupuestal 008 Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 4.1 de la citada Directiva señala que la comisión de servicios es el desplazamiento temporal programado o imprevisto que realiza el comisionado fuera de la ciudad donde se ubica su sede habitual de trabajo, por disposición de la autoridad competente, para realizar actividades relacionadas a los objetivos institucionales o funciones propias del Ministerio de Relaciones Exteriores; no pudiendo exceder, en ningún caso, el máximo de treinta (30) días calendario por vez; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante convenios marco de cooperación interinstitucional con las entidades nacionales participantes en las expediciones científicas peruanas a la Antártida, está facultado a brindar apoyo, promover y proveer los elementos, bienes y/o servicios necesarios con miras a la realización de actividades de investigación en las referidas campañas, cuya organización es de responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores como ente rector de la Política Nacional Antártica; Que, en virtud del inciso f) del artículo 77° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 135-2010-RE, le corresponde a la Cancillería organizar las expediciones científicas a la Antártida, en coordinación con los sectores vinculados; Que, de acuerdo a estas funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha previsto la realización de la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXVI) entre el 7 de diciembre de 2018 y el 15 de marzo de 2019; Que, la citada expedición tendrá como objetivos profundizar el aporte científico del Perú al conocimiento de la Antártida; dar continuidad a las investigaciones que se vienen desarrollando desde expediciones anteriores; actualizar los estudios técnicos de base para la formulación de proyectos orientados al fortalecimiento

de la infraestructura antártica nacional; fortalecer la cooperación con otros Estados Parte del Tratado Antártico; y contribuir a la difusión del valor de la Antártida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia; Que, con Resolución Ministerial N.° 744-2018-RE, de 7 de diciembre de 2018, se designó a los miembros de la delegación peruana que participarán como expedicionarios de la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXVI), ubicada en la isla Rey Jorge o 25 de Mayo, Antártida, del 7 de diciembre de 2018 al 15 de marzo de 2019; Que, el despliegue y repliegue de los expedicionarios, suministros y equipos de la ANTAR XXVI a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP) se realizará entre el 7 de diciembre de 2018 y el 15 de marzo de 2019; Que, la referida Estación Científica brinda facilidades para la permanencia de los expedicionarios, por lo que la asignación de viáticos corresponderá a un 20% del monto máximo establecido por el Decreto Supremo N.° 056-2013-PCM; La Hoja de Trámite (GAC) N.° 3267, del Despacho Viceministerial, de 10 de diciembre de 2018; y, Memoranda (DSL) N.° DSL00498/2018, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 30 de noviembre de 2018, y (OPP) N.° OPP01516/2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 10 de diciembre de 2018, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 1352010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 014-2014-RE, que aprueba la Política Nacional Antártica, la Resolución Ministerial N° 0624-2014-RE, que aprueba su Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modificatoria; y la Ley N.° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, en el marco de la Vigésima Sexta Campaña Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XXVI), del siguiente personal a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge o 25 de mayo, Antártida, para participar del 21 de diciembre de 2018 al 19 de enero de 2019, a fin de cumplir funciones de su especialidad en la citada estación: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - Ministro Consejero David Guillermo Gamarra Silva, Director de Asuntos Antárticos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos. MINISTERIO DEL AMBIENTE ­ SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA DEL PERÚ (SENAMHI) - Señor Justo Sandro Arias Loayza, del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú. MINISTERIO DE AGRICULTURA ­ AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA (ANA) - Señor Rolando Cesai Cruz Encarnación, de la Autoridad Nacional del Agua; y, - Señor Juan Carlos Zegarra Vargas, de la Autoridad Nacional del Agua. MINISTERIO DE DEFENSA - COMISIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO AEROESPACIAL (CONIDA) - Señor Luis Javier Otiniano Ormachea, de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial.