Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2016 (17/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 17 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad al procedimiento simplificado de entrega establecido en el artículo XIV del Tratado de Extradición suscrito entre la República Argentina y la República del Perú, en el que: "El Estado requerido podrá conceder la extradición si la persona reclamada, con asistencia letrada y ante la autoridad judicial de ese Estado, prestare su expresa conformidad de ser entregada al Estado Requirente, después de haber sido informada acerca de sus derechos a un procedimiento formal y de la protección que éste le brinda"; Que, mediante mensaje con referencia CR 1947014 UDI-G.9/pz, de fecha 28 de junio de 2016, la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires hace de conocimiento a la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Lima, que sus autoridades competentes han resuelto acceder a la demanda de extradición del ciudadano peruano Paul Jonathan Rojas Yauri, nacido el 22 de octubre de 1986, encontrándose el mismo en condiciones de ser trasladado a nuestro país; motivo por el cual, solicitan los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales encargados de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 235-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 5 de julio de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior, en comisión de servicios, del 18 al 22 de julio de 2016, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Élmer Arturo Ferrebu Dorador y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú José Manuel Blas Venturo, para que ejecuten la extradición activa simplificada del ciudadano peruano Paul Jonathan Rojas Yauri, quien se encuentra requerido por la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 1920-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 14 de julio de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú da su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial son asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable son asumidos por el Poder Judicial; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la

autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Élmer Arturo Ferrebu Dorador y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú José Manuel Blas Venturo, del 18 al 22 de julio de 2016, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Días Viáticos 370.00 5 x Pers. 2 = Total US$ 3,700.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1405550-2

SALUD
Acreditan al Hospital Nacional Cayetano Heredia como establecimiento de salud donador - trasplantador de riñón
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 500-2016/MINSA Lima, 14 de julio de 2016 Visto, el Expediente Nº 15-015664-001, que contiene el Informe Nº 017-2015- ONDT/MINSA y el Memorándum N° 0115-2016-DIGEPRES/MINSA, de la Dirección General de Prestaciones de Salud, y el Informe N° 098-2015-OGPP-OO/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos regula