Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2016 (17/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de julio de 2016 /

El Peruano

República del Perú, con motivo de nuestro aniversario patrio; Que, mediante Acta de la XVI Reunión de Mandos Navales Fronterizos entre la Fuerza Naval del Sur de la Armada Nacional de Colombia y la Comandancia General de Operaciones de la Amazonía y Quinta Zona Naval de la Marina de Guerra del Perú, suscrita en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 24 al 25 de marzo de 2015, en el Acuerdo 3, se contempló que ambas delegaciones deberán continuar las visitas protocolares anuales con ocasión de las ceremonias de celebración de las fiestas patrias en las ciudades de Iquitos y Leticia, con presencia de Unidades Fluviales; Que, en relación a la referida Acta, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que el Comandante General de Operaciones de la Amazonía y Quinta Zona Naval, acompañado de DOS (2) Oficiales de su Estado Mayor, participen en las actividades protocolares con motivo de la celebración de las fiestas patrias de la República de Colombia, a realizarse en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 20 al 22 de julio de 2016; Que, asimismo, el Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional de Colombia, ha informado que las nuevas fechas para la celebración de las fiestas patrias de la República de Colombia, serán del 19 al 22 de julio de 2016; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2016, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Almirante y UN (1) Oficial Subalterno, para que participen en la mencionada actividad; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Ricardo Alfonso MENÉNDEZ Calle, Comandante General de Operaciones de la Amazonía y Quinta Zona Naval y del Teniente Segundo Víctor Alberto CABRERA Guzmán, quienes han sido designados para que participen en las actividades protocolares con motivo de la celebración de las fiestas patrias de la República de Colombia, en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 19 al 22 de julio de 2016; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá incrementar los conocimientos del personal participante aumentando la seguridad cooperativa; asimismo, la presencia de la citada comitiva, evidenciará la unión de ambos países, para enfrentar a las llamadas nuevas amenazas que compartimos en esta parte de nuestro territorio; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Ricardo Alfonso MENÉNDEZ Calle, CIP. 00804083, DNI. 43394055 y del Teniente Segundo Víctor Alberto CABRERA Guzmán, CIP. 00010479, DNI. 44299540, quienes han sido designados para que participen en las actividades protocolares con motivo de la celebración de las fiestas patrias de la República de Colombia, en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 19 al 22 de julio de 2016; así como, autorizar su salida del país el 18 y su retorno el 23 de julio de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Iquitos - Leticia (República de Colombia) Iquitos US$ 400.00 x 2 personas US$ 800.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 4 días

US$

2,960.00 3,760.00

TOTAL A PAGAR: US$

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1405550-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 195-2016-IN Lima, 16 de julio de 2016 VISTOS; el mensaje con referencia CR 19470-14 UDI-G.9/pz, de fecha 28 de junio de 2016, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el Memorándum Nº 1920-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINTDIVBEC, de fecha 14 de julio de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,