Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2016 (17/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de julio de 2016 /

El Peruano

Autorizan viaje de Alcalde a Chile, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2016-MDB Breña, 13 de julio de 2016. El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la invitación de la Dirección General de Promoción de Salud y Gestión Territorial en Salud del Ministerio de Salud del 28.06.2016, para que el Alcalde, participe en el Pre Foro de Alcaldes de America Latina y el Caribe, el mismo que se desarrollará en el Centro Cultural Espacio Matta ubicado en Santa Rosa 9014, La Granja ­ Santiago de Chile; CONSIDERANDO: Que, el numeral 27) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencia simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores; y en concordancia con el artículo 24° de la Ley citada, refiere que, en caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; Que, estando a la invitación cursada por la Dirección General de Promoción de Salud y Gestión Territorial en Salud del Ministerio de Salud, el señor Alcalde manifiesta que, en su condicion de Alcalde y Presidente de la RED DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES DE LIMA METROPOLITANA, ha recibido la invitacion para parcipar en el PRE FORO de alcaldes a realizarse en el pais de Chile, cuyo objetivo es generar un espacio de encuentro entre alcaldes que permita posicionar el relanzamiento de la Estrategia de Ciudades Mundiales y Comunidades Saludables y del mismo modo renovar el compromiso con los gobiernos locales y nacionales claves del Plan Regional de Acción sobre salud en todas las políticas. Es importante la autorizacion del Pleno del Concejo, por cuanto la RED DE MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES DE LIMA METROPOLITANA, comprende 33 municipaliddes, de los logros obtenidos en el FORO, se va permitir coordinar el apoyo mutuo, desarrollar progrmas,proyecto y poíticas públicas saludables orientadas a la calidad de vida de la población y no solo del distrito de Breña, por lo que, en este extremo la autorización debe efectuarse a partir del 24 al 27 de julio de 2016; Que, luego del debate correspondiente, y de conformidad con el artículo 9° numeral 27) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero: AUTORIZAR, el viaje fuera del país, en comisión de servicio al señor ÁNGEL ALEJANDRO WU HUAPAYA, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña, para que asista en el Pre Foro de Alcaldes de América Latina y el Caribe, a partir del 24 al 27 de julio de 2016, en el Centro Cultural Espacio Matta ubicado en Santa Rosa 9014, La Granja ­ Santiago de Chile. Artículo Segundo: Los pagos de pasajes aéreos por comisión de servicios serán asumidos por la Municipalidad Distrital de Breña, debiendo la Gerencia de Planificación, Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional otorgar la partida presupuestal correspondiente. Y a la Gerencia de Administración y Finanzas procederá a dar el trámite correspondiente. Asimismo, los gastos de viáticos por alimentos hospedaje quedan a cuenta por parte del señor Alcalde. Artículo Tercero: ENCARGAR el Despacho de Alcaldía a la Teniente Alcaldesa, señora LEONOR

MARTHA BERNUY ALEDO, mientras dure la licencia del Titular de la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Cuarto: ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Secretaria General disponer la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1405378-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Modifican la Ordenanza Nº 412-MSI, que establece disposiciones para incentivar la inversión y la mejora de la competitividad en el distrito
ORDENANZA Nº 437-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 55-2016-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen Nº 14-2016-CDDUSOSM/MSI de la Comisión de Desarrollo Urbano, Sostenibilidad, Obras y Servicios Municipales; el Memorándum Nº 173-2016-12.0.0-GACU/MSI de la Gerencia de Autorizaciones y Control Urbano; el Memorándum Nº 127-2016-1600-GS/MSI de la Gerencia de Sostenibilidad; el Informe Nº 47-2016-0130-OPU/MSI de la Oficina de Planeamiento Urbano; el Informe Nº 0322-20160400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 79º del citado cuerpo legal otorga funciones exclusivas a las Municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, dentro de las cuales se encuentran el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, así como realizar la fiscalización de las habilitaciones urbanas, construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles, ubicación de avisos publicitarios y apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación, entre otros; Que, en ese sentido, mediante Ordenanza Nº 412MSI publicada en el diario oficial El Peruano el 19 de diciembre de 2015; se aprobó la Ordenanza que establece disposiciones para incentivar la inversión y la mejora de la competitividad en el distrito, cuyo objetivo es generar las condiciones necesarias para incentivar las inversiones