Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2016 (22/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de abril de 2016 /

El Peruano

reglamento interno; asimismo, manifiesta que el artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece en materia de educación, cultura, deportes y recreación que las Municipalidades tienen una serie de funciones y competencias específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional, como la de promover actividades culturales diversas a tenor del numeral 19) del artículo citado; que, en consecuencia, opina que las disposiciones que contiene el proyecto adjunto, se ajustan a sus fines y objetivos no existiendo inconveniente de orden legal para que se apruebe el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura que se propone. Que, mediante Memorándum Nº 1205-2016/MDLCHGM, el Gerente Municipal expresa se tome conocimiento de la propuesta de reglamento para la emisión del Decreto de Alcaldía respectivo. Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA 2016 ­ 2021 del Distrito de Lurigancho ­ Chosica, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto. Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte para sus fines. Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1370762-1

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Modifican el Cuadro de Tarifario de Servicios Administrativos no exclusivos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2016-MDP/A Pachacámac, 12 de abril del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: El Informe Nº 073-2016-MDP/GDHyPS-SGJECD de fecha 4 de Enero del 2016, Informe Nº 048-2016-MDP/ GDHyPS de fecha 31 de Marzo del 2016, Memorando Nº 174-2016-MDP/GPP de fecha 07 de Abril del 2016 e Informe Nº 035-2016-MDP/GPP de fecha 11 de Abril del 2016 emitido por la Sub Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte, Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre "Incorporar al Cuadro de Tarifario de Servicios Administrativos no exclusivos de la Municipalidad Distrital de Pachacamac aprobado mediante Decreto Nº 005-2013-MDP/A y modificado por Decreto Nº 001-2016-MDP/A el ítem 4.111) y 4.112) correspondiente a la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Recreación y Deporte ahora Sub Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social"; y, CONSIDERANDO; Que, de acuerdo al Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma

Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades". Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que; (...) Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2013-MDP/A de fecha 25 de Setiembre del 2013, se decreta Aprobar el Cuadro de Tarifario de Servicios Administrativos de la Municipalidad Distrital de Pachacamac, por diversos servicios administrativos no exclusivos prestados por la Secretaria General, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico, Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social, Gerencia de Servicios a la Ciudad y del Ambiente y Defensa Civil. Asimismo, a través del Decreto de Alcaldía Nº 001-2016- de fecha 13 de Enero del 2016, se incorpora al Cuadro de Tarifario el ítem 4.110) correspondiente a la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Recreación y Deporte dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social Que, con Informe Nº 073-2016-MDP/GDHyPS/ SGJECD de fecha 04 de Enero el 2016 concordante con el Informe Nº 048-2016-MDP/GDHyPS, la Sub Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte de la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social, remite propuesta de cobros por los servicios que brinda la Municipalidad Distrital de Pachacamac, en cuanto a i) Talleres Municipales de Educación No Formal y ii) Escuela Municipal de Fútbol, para el periodo 2016. Que, asimismo con Informe Nº 035-2016-MDP/GPP de fecha 11 de Abril del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica (...) opina por la viabilidad de la incorporación al Cuadro Tarifario de la Municipalidad Distrital de Pachacamac, los dos servicios no exclusivos referidos. De igual forma, con Informe Nº 035-2016-MDP/GPP de fecha 11 de Abril del 2016, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala se emita el Decreto de Alcaldía correspondiente, a fin de incorporar los dos servicios no exclusivos señalados, al Cuadro de Tarifario de esta comuna edil. Que, es política de esta gestión municipal, promover el desarrollo humano sostenible a nivel local a favor de la comuna pachacamina, considerando que estos servicios a prestarse se encuentran dirigidos a niños, jóvenes y adolescentes del distrito en materia de educación deportiva, en tal sentido, resulta necesario su aprobación. Estando a lo expuesto y en uso a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y Art. 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, se; DECRETA. Artículo Primero.- INCORPORAR al Cuadro de Tarifario de Servicios Administrativos no exclusivos de la Municipalidad Distrital de Pachacamac aprobado mediante Decreto Nº 005-2013-MDP/A y modificado por Decreto Nº 001-2016-MDP/A, el ítem 4.111) y 4.112) correspondiente a la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Recreación y Deporte dependiente de la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social, de acuerdo al siguiente detalle:
Item 4.111 4.112 Concepto Monto

COSTO UNITARIO - SERVICIO DE EDUCACION NO S/. 10.00 FORMAL COSTO UNITARIO - SERVICIO DE EDUCACION S/. 10.00 DEPORTIVA

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de