Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2016 (22/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Viernes 22 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 167-2016-ALC/MLV La Victoria, 2 de marzo de 2016 VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 070-2015-ALCMLV, Resolución de Alcaldía Nº 117-2016-ALC-MLV y Resolución de Alcaldía Nº 128-2016-ALC-MLV, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo II Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la faculta de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM señala la presente ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrada en el numeral 5) del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con el Principio de Publicidad regulado en la citada norma legal y en el considerando precedente todas las actividades y disposiciones de las entidades de la administración pública están sometidas al principio de publicidad; Que, el Artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, establece que la entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, el inciso c) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM que modifica el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003PCM establece la obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 117-2016-ALC-MLV de fecha 22 de febrero del 2016 resuelve dar por concluido, a partir de la fecha, la ratificación de designación del señor Eduardo Reyes López, en el cargo de SUB GERENTE DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION de la Municipalidad de La Victoria; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 128-2016-ALCMLV de fecha 22 de febrero del 2016 se concluye a partir de la fecha, la designación del señor Ingeniero DAVID CALDAS VILCAYAURI, en el cargo de SUB GERENTE DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION del Corporativo; Que, en tal sentido resulta necesario designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de Internet de esta comuna a que se refiere el Artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR; a partir de la fecha, al Sub. Gerente de Tecnología de la Información de la

Municipalidad Distrital de La Victoria, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso de la Información, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO; toda norma que se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente resolución, a los funcionarios designados y a todas las Unidades Orgánicas que conforman esta Corporación Edil. Artículo Cuarto.- ENCARGAR; a la Secretaria General la publicación de la presente disposición en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1370752-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura 2016 -2021
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2016/MDLCH Chosica, 1 de abril de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO ­ CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 019-2016-MDLCH/ GJECyD/SGEyC, el Sub Gerente de Educación y Cultura expresa que de acuerdo a la Resolución de Alcaldía Nº 543/2015-MDLCH, se conformó el Consejo Municipal del Libro y la Lectura del distrito de Lurigancho ­ Chosica, otorgándose un plazo de 60 días calendarios a fin que se elabore el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, señalando que después de reuniones realizadas, en la sesión del día viernes 19 de febrero del presente año, se aprobó por votación unánime, el Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura 2016 ­ 2021 del distrito de Lurigancho ­ Chosica, el mismo que adjunta en proyecto, a fin que se expida el Decreto de Alcaldía correspondiente; ratificado por el Gerente de Juventud, Educación, Cultura y Deporte mediante su Informe Nº 006-2016/MDLCH-GJECyD. Que, mediante Informe Nº 202-2016/MDLCH-GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica, sobre la aprobación del proyecto de Reglamento Interno del Consejo Municipal del Libro y la Lectura, expresa que revisado el mismo es de verse que el objetivo es promover e impulsar la constitución del Consejo Municipal del Libro y la Lectura así como normar la participación de la sociedad civil organizada en la promoción fomento y difusión del libro y la lectura a nivel local, señalando que la Ordenanza Nº 224-MDL, del 24 de noviembre de 2015, aprobó el Plan Municipal del Libro y la Lectura para el período 2016 ­ 2021 como instrumento de gestión de promoción, creando el Consejo Municipal del Libro y la Lectura en el distrito de Lurigancho como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito, mencionando además lo dispuesto por la Resolución de Alcaldía Nº 543/2015-MDLCH del 29 de diciembre de 2015, que conforma el citado Consejo, encargando en su artículo tercero a la Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deporte la elaboración del