Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2015 (24/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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DISPOSICION TRANSITORIA DISPOSICION UNICA.- Durante la vigencia de la presente ordenanza se suspende la aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 189-2011-MDSJM en el extremo referido al porcentaje de la cuota inicial para acceder al beneficio de fraccionamiento y cualquier otra disposicion que se oponga a la presente. DISPOSICIONES FINALES Primera Disposicion.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y regira hasta el 18 de MORDAZA de 2015. MORDAZA Disposicion.- Facultese al senor MORDAZA para que por Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma. Tercera Disposicion.- Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda ampliar el plazo senalado en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza. Cuarta Disposicion.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia Relaciones Publicas y Comunicaciones, Agencias Municipales y demas dependencias de la Administracion Municipal el estricto cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza Municipal y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Estadistica tomar acciones y/o medidas tecnicas necesarias para la implementacion del Sistema de Rentas SATMUN XP. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA COQUIS MORDAZA 1254346-4

El Peruano Miercoles 24 de junio de 2015

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Modifican Ordenanza que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del distrito
ORDENANZA Nº 008-2015-MDLP-ALC La Punta, 09 de junio de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesion Ordinaria de fecha 09 de junio de 2015 con el MORDAZA aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo; VISTO: El Informe Nº 077-2015-MDLP/OPP remitido el 28 de MORDAZA de 2015 y el Informe Nº 069-2015- MDLP/ GDH, remitido el 08 de junio de 2015 por la Gerencia de Desarrollo Humano, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es derecho y deber de los vecinos participar

en el gobierno municipal de su jurisdiccion. La Ley MORDAZA y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participacion; Que, el articulo 17º numeral 17.1 de la ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, determina que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la Gestion Publica; Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades, que tienen como sus elementos esenciales el territorio, la poblacion y la organizacion; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2012, modificada por Ordenanza Nº 005-2014, se aprobo el Reglamento que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de la Juntas Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del distrito; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 088, 089, 090, 091, 092 del 17 de MORDAZA del 2012, se reconocieron las Juntas Vecinales de las Zonas A, B, C, D y E para el periodo 20122014, respectivamente, las que de acuerdo con la MORDAZA Disposicion Transitoria Final del Reglamento citado, su periodo de vigencia fue MORDAZA "hasta su renovacion en el ejercicio fiscal 2015"; Que, segun el Informe de Visto, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto indica que se encuentra efectuando las coordinaciones pertinentes con la Gerencia de Desarrollo Humano a fin de comenzar el MORDAZA de elecciones de las Juntas Vecinales. En tal sentido, esta MORDAZA propone el Proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del Distrito de La Punta; Que, siendo que la presente tiene por finalidad el beneficio directo de los habitantes del distrito y Desarrollo del mismo, es decir, es de interes publico, en aplicacion del numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicacion del proyecto de la misma; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 205 y 2172015-MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, APROBO lo siguiente: MODIFICACION DE LA ORDENANZA QUE REGULA LA CONSTITUCION, DELIMITACION, ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES Y DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES DEL DISTRITO DE LA PUNTA Articulo 1°.- Modificar el Art. 4º del Reglamento que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del Distrito de La Punta, quedando como sigue: "Articulo 4º.- Constitucion y delimitacion de las Juntas Vecinales. Las Juntas Vecinales son organizaciones sociales de orden territorial que se constituyen espacios formales que fomentan la participacion vecinal efectiva en el distrito de La Punta y estan conformadas por vecinos y representantes de las Organizaciones Sociales que cuenten con reconocimiento municipal, agrupados en diez (10) zonas, delimitados geograficamente, segun Anexos I y II, que forma parte de la presente Ordenanza." Articulo 2°.- Modificar el Art. 5º del Reglamento que regula la constitucion, delimitacion, organizacion y funciones de las Juntas Vecinales y de la Junta de Delegados Vecinales del Distrito de La Punta, quedando como sigue: "Articulo 5°.- Representantes de la Juntas Vecinales Cada Junta Vecinal sera representada por diez (10) vecinos, elegidos democraticamente por los vecinos de