Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2015 (24/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 24 de junio de 2015

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entrevistas realizadas, y tomando en consideracion su trayectoria sustentada en sus hojas de MORDAZA, cumplen con los requisitos para desempenarse como miembros de dicha Comision; Que, de acuerdo al literal l) del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012015-MINEDU es funcion del Despacho Viceministerial de Gestion Pedagogica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades publicas creadas por Ley; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29649, Ley que crea la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Articulo 1.- Reconformar la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas, la misma que estara integrada por: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente; - MORDAZA SULEMA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidenta Academica; y - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente de Investigacion. Articulo 2.- Disponer que la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas remita al Ministerio de Educacion, en un plazo MORDAZA de 30 dias habiles, un informe sobre el estado situacional de la implementacion del Proyecto de Desarrollo Institucional de la referida Universidad y el plan de trabajo para los proximos 12 meses. Articulo 3.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion Viceministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA F. FIGALLO RIVADENEYRA Viceministro de Gestion Pedagogica 1254757-3

Articulo 3.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion Viceministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA F. FIGALLO RIVADENEYRA Viceministro de Gestion Pedagogica 1254757-2

Reconforman la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 031-2015-MINEDU MORDAZA, 23 de junio de 2015 VISTOS, el Informe N° 17-2015-MINEDU/VMGPDIGESU, y el Informe N° 348-2015-MINEDU/SG-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad academica orientada a la investigacion y a la docencia, que brinda una formacion humanista, cientifica y tecnologica con una MORDAZA conciencia de nuestro MORDAZA como realidad multicultural. Adopta el concepto de educacion como derecho fundamental y servicio publico esencial, y esta integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades publicas son personas juridicas de derecho publico. Asimismo el articulo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomia universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitucion, la Ley y demas normativa aplicable, y se manifiesta en los regimenes normativo, de gobierno, academico, administrativo y economico; Que, mediante la Ley N° 29649 se creo la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas como persona juridica de derecho publico interno, con domicilio en la MORDAZA de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de MORDAZA, sobre la base de la sede de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana (UNAP) en Yurimaguas; Que, el articulo 29 de la Ley establece que aprobada la Ley de creacion de una universidad publica, el Ministerio de Educacion constituye una Comision Organizadora integrada por tres (3) academicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como minimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobacion del estatuto, reglamentos y documentos de gestion academica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, asi como su conduccion y direccion hasta que se constituyan los organos de gobierno que le correspondan; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 394-2014MINEDU de fecha 28 de agosto de 2014, se constituyo la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas, integrada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente de Investigacion; Que, a traves del Oficio Nº 415-2015-GRL-P, el Gobernador Regional de MORDAZA remite al Ministerio de Educacion la Carta de fecha 07 de MORDAZA de 2015, mediante la cual el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, y otras autoridades, representantes de la sociedad civil, docentes y alumnos, solicitan la reconformacion de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas, senalando que no existe voluntad del Presidente de la referida Comision para dedicarse exclusivamente a la implementacion de la Universidad, y que el Vicepresidente Academico nunca asumio el cargo desde su designacion; Que, en virtud de lo expuesto, mediante el Informe N° 17-2015-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Direccion General de Educacion Superior Universitaria, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestion Pedagogica, sustenta la necesidad de reconformar la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Autonoma de Alto Amazonas, y propone a tres personas que, de acuerdo con las

ENERGIA Y MINAS
Aceptan desistimiento de procedimiento seguido por Red Electrica del Sur S.A. sobre MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion N° 135-98 y revocan la R.S. Nº 081-2012-EM
RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2015-EM MORDAZA, 23 de junio de 2015 VISTO: El Expediente N° 14090898, sobre la solicitud de modificacion de concesion definitiva de transmision de energia electrica, presentada por la empresa Red Electrica del Sur S.A. (REDESUR), inscrita en la Partida N° 11080967 de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 061-99-EM, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 20 de MORDAZA de 1999, se aprobo la transferencia de la Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de Transmision de energia electrica en las Lineas Electricas S.E. MORDAZA ­ S.E. MORDAZA (Montalvo) ­ S.E. Tacna (Los Heroes) de 220 kV de tension, con una terna de 337 km de longitud, y la MORDAZA terna de la Linea Electrica S.E. Socabaya ­ S.E. MORDAZA (Montalvo) de 220 kV de tension, con una terna de 107 km de longitud, a favor de Red Electrica del Sur S.A. (REDESUR), quien asume todos los derechos