Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2015 (24/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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Que, mediante Informe Legal N° 145-2015-MDSJM/ GAJ de fecha 16 de junio de 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica, emite opinion favorable en el sentido que, resulta procedente aprobar el proyecto de Ordenanza que aprueba el MORDAZA Normativo para el Tratamiento de la Promocion de la Inversion Privada en el distrito de San MORDAZA de Miraflores; Que, en tal sentido y dentro de este contexto, y estando a los informes emitidos por las areas senaladas precedentemente y ante la necesidad de contar con una MORDAZA normativo a fin de organizar y garantizar la efectividad en la conduccion de la promocion de la inversion privada en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, resulta conveniente establecer las disposiciones generales que regulen el tratamiento de la promocion de la inversion privada en la municipalidad distrital de San MORDAZA de Miraflores; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades - 27972, con el MORDAZA unanime (trece) de los miembros del Concejo Municipal presentes, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MORDAZA NORMATIVO PARA EL TRATAMIENTO DE LA PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Articulo Primero.- APROBAR el MORDAZA Normativo para el Tratamiento de la Promocion de la Inversion Privada en el distrito de San MORDAZA de Miraflores que consta de seis (06) Capitulos, sesenta y ocho (68) Articulos, una (1) Disposicion Complementaria Transitoria y una (01) Disposicion Complementaria Final, el mismo que como anexo forma parte integrantes del presente dispositivo y cuyo texto integro sera publicado en la pagina web de la Municipalidad distrital de San MORDAZA de Miraflores www.munimsj.gob.pe. Articulo Segundo.- Declarese de interes distrital la promocion de la inversion privada en el distrito de San MORDAZA de Miraflores en materia de activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructura y servicios publicos. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza busca promover la inversion privada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible del distrito. Articulo Cuarto.- DEJESE SIN EFECTO Y/O DEROGUESE, toda MORDAZA o disposicion administrativa que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion inmediata de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", en el MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el MORDAZA Institucional, y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA COQUIS MORDAZA 1254346-3 CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 24 de junio de 2015

Ordenanza que otorga Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y Regularizacion Predial
ORDENANZA Nº 299/MSJM San MORDAZA de Miraflores, 17 de junio del 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Memorandum N° 2300-2015-GM-MDSJM, de fecha 16 de junio de 2015, de la Gerencia Municipal, mediante el cual se adjunta Proyecto de Ordenanza Municipal que otorga Beneficios para el Pago de deuda Tributaria en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, para su debate y aprobacion por el Concejo Municipal;

Que, con Informe N°235-2015-MDSJM/GR-SGRT, de fecha 11 de junio de 2015, la Subgerencia de Recaudacion Tributaria, propone el "Proyecto de Ordenanza que Otorga Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y Regularizacion Predial", ante la necesidad de desarrollar acciones que despierten conciencia tributaria en los contribuyentes y administrados del distrito, respecto al cumplimiento del pago de sus obligaciones tributarias y administrativas en forma y plazo que establece la Ley, asi como, disminuir el indice de morosidad de los contribuyentes del distrito e incrementar el pago de las deudas de los anos anteriores, orientando a sincerar las cuentas por cobrar de los contribuyentes y administrados; Que, mediante el Informe N° 81-2015-GR/MSJM, de fecha 11 de junio de 2015, la Gerencia de Rentas senala que, luego de la revision y evaluacion del Proyecto de Ordenanza este resulta viable, toda vez que cumple con las expectativas de desarrollar acciones que despierten conciencia tributaria en los contribuyentes y administrados; asimismo, requiere a la Gerencia de Asesoria Juridica opinion legal respecto al Proyecto de Ordenanza que otorga Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y Regularizacion Predial; Que, con Memorandum N° 198-2015-GAJ-MDSJM, de fecha 16 de junio del presente ano, la Gerencia de Asesoria Juridica solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emita informe tecnico respecto al proyecto de Ordenanza que otorga Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y Regularizacion Predial; Que, mediante Memorandum N° 628-2015-GPPMDSJM, de fecha 16 de junio de 2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, luego del analisis y vista la necesidad de desarrollar acciones que despierten conciencia tributaria en los contribuyentes y que se cumpla con la ejecucion (recaudacion) que se encuentra en el Presupuesto de Ingresos por Impuesto Predial y Arbitrios (limpieza publica, parques y jardines y serenazgo) y siendo los beneficios solo relacionados a los intereses moratorios y no a la deuda insoluta, es de opinion favorable a lo solicitado por la Subgerencia de Recaudacion Tributaria a traves de la Gerencia de Rentas, siempre y cuando se realicen todos los procesos necesarios para mejorar la recaudacion y disminuir la morosidad actual; Que, mediante Informe Legal N° 146-2015-MDSJM/ GAJ, de fecha 15 de junio de 2015, la Gerencia de Asesoria Juridica es de la opinion que resulta procedente aprobar el proyecto de Ordenanza que otorga Beneficios para el Pago de Deudas Tributarias, Administrativas, Sanciones Generadas y Regularizacion Predial, el mismo que debe ser puesto a consideracion del Concejo Municipal para su deliberacion y eventual aprobacion, conforme al inciso 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, la autonomia consagrada en la Constitucion Politica del Peru radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administracion y, normativos con sujecion al ordenamiento juridico; es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, esta obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico asi como a las normas de los Sistemas Administrativos del Estado, no otra cosa se colige de lo dispuesto en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que la deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley; excepcionalmente, los Gobiernos Locales, podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion