Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2015 (24/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y mediante Parte Diario Nº 082552 de fecha 12 de MORDAZA de 2015, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado; Que, de acuerdo al Informe Nº 743-2015-MTC/15.03, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa FONDO AUTOMOTRIZ S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa FONDO AUTOMOTRIZ S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para vehiculos M1, M2 y M3 y operar en el local ubicado en la Av. MORDAZA Mendiola Mz. G, Lte. 15, Asoc. Rio MORDAZA, Distrito de Los MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.La empresa FONDO AUTOMOTRIZ S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 27 de marzo del 2016 27 de marzo del 2017 27 de marzo del 2018 27 de marzo del 2019 27 de marzo del 2020

El Peruano Miercoles 24 de junio de 2015

procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1248258-1

Autorizan a la Organizacion Tecnica Vehicular MORDAZA S.A.C., como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2359-2015-MTC/15 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 042123, 066257 y 084858, presentados por la empresa denominada ORGANIZACION TECNICA VEHICULAR MORDAZA S.A.C., a traves del cual solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Mixta, en la Mz. A, Lote 07, Lotizacion MORDAZA MORDAZA (Cuadra 17 MORDAZA Rubio), Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normativa nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte, el MORDAZA terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Parte Diario Nº 042123 de fecha 09 de marzo del 2015, la empresa ORGANIZACION TECNICA VEHICULAR MORDAZA S.A.C., en adelante El CITV, solicita autorizacion para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular - CITV, con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Mz. A, Lote 07, Lotizacion MORDAZA MORDAZA (Cuadra 17 MORDAZA Rubio), Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca; para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, con Oficio Nº 1864-2015-MTC/15.03 de fecha 30 de marzo de 2015 y notificado el 06 de MORDAZA del mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por El CITV, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles. Que, mediante Parte Diario Nº 066257 de fecha 16 de MORDAZA de 2015, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado.

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa FONDO AUTOMOTRIZ S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion o contratacion de una nueva poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 12 de febrero del 2016

MORDAZA renovacion o contratacion de nueva 12 de febrero del 2017 poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 12 de febrero del 2018 12 de febrero del 2019 12 de febrero del 2020

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se